Pasar al paro es una situación desagradable para cualquier persona. Sin embargo, el sistema español contempla la posibilidad de cobrar una cuantía económica determinada bajo la denominada prestación contributiva por desempleo. Para ello, es preciso cumplir todos los requisitos establecidos por la Seguridad Social.
En este sentido, la Seguridad Social explica que «la prestación contributiva protege la situación de desempleo de quienes pudiendo y queriendo trabajar, pierdan su empleo de forma temporal o definitiva o vean reducida temporalmente su jornada ordinaria de trabajo entre un mínimo de un 10 % y un 70 %».
Hay que tener en cuenta, que a diferencia del subsidio por desempleo, la cuantía de la prestación del paro varía en función de la cotización del trabajador al desempleo. Igualmente, la duración también queda marcado por diversos factores.
En el caso del subsidio por desempleo, el importe mensual es equivalente al 80% del Indicador Público de Rentas de Efectos Múltiples (IPREM). En este año 2022, se trata de un importe de 463,21 euros al mes.
Calcular la prestación del paro
El primer paso para calcular la prestación del paro que nos corresponde, es hallar la base reguladora. Si bien, la base reguladora será el resultado de sumar las bases de cotizaciones de los últimos seis meses (180 días naturales de forma consecutiva). Si bien, se deben excluir las cotizaciones por horas extra, en caso de que las hubiese.
Seguidamente, es necesario sumar las cifras de las bases de cotización de esos últimos seis meses y dividir el resultado entre seis. De esta forma, es posible obtener el promedio de la base reguladora sobre la prestación contributiva del paro a percibir.
Otro aspecto clave respecto a la prestación contributiva por desempleo es la duración. La duración de la prestación del paro depende directamente de las cotizaciones al desempleo y lo que no se haya consumido en periodos anteriores.
A continuación, puedes observar el tiempo de duración de la prestación contributiva por desempleo en función de los días cotizados a la Seguridad Social, en una interesante tabla elaborada por los profesionales de ‘CampmanyAbogados‘:
DÍAS COTIZADOS | TIEMPO DE PRESTACIÓN |
De 360 a 539 | 120 días (4 meses) |
De 540 a 719 | 180 días (6 meses) |
De 720 a 899 | 240 días (8 meses) |
De 900 a 1079 | 300 días (10 meses) |
De 1080 a 1259 | 360 días (12 meses) |
De 1260 a 1439 | 420 días (14 meses) |
De 1440 a 1619 | 480 días (16 meses) |
De 1620 a 1799 | 540 días (1 año y medio) |
De 1800 a 1979 | 600 días (1 año y 8 meses) |
De 1980 a 2159 | 660 días (1 año y 10 meses) |
A partir de 2160 | 720 días (2 años) |
En este contexto, desde la Seguridad Social indican que «la duración depende de las cotizaciones por desempleo que haya realizado en los últimos 6 años anteriores a la situación legal de desempleo o al momento en que ceso la obligación de cotizar, o en su caso, desde el nacimiento del derecho a la prestación por desempleo anterior».
Requisitos para cobrar la prestación por desempleo
Para tener derecho a cobrar la prestación contributiva por desempleo, el trabajador debe cumplir con todos los requisitos estipulados por la Seguridad Social. Por ejemplo, se requiere de una cotización de al menos 360 días al desempleo.
Las personas con una cotización inferior a un año tienen la oportunidad de solicitar el conocido como subsidio por cotización insuficiente, cuya gestión recae en el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE).
Igualmente, para cobrar el paro también es indispensable encontrarse en situación legal de desempleo y figurar inscrito como demandante de empleo. Dicha inscripción debe mantenerse durante toda la percepción de la prestación.