Uno de los momentos más esperados del año son los días de vacaciones. Los trabajadores por cuenta ajena tienen derecho a disfrutar de una cantidad de días de vacaciones al año según está estipulado en el reglamento de los trabajadores y en el contrato con la empresa. Los días de vacaciones nos ayudan a desconectar del empleo y a reponer fuerzas, de ahí que las vacaciones sean tan importantes.
Según la ley en España, los trabajadores tienen derecho a ciertos días de vacaciones al año. En concreto, un trabajador tendrá derecho a tener 30 días naturales de vacaciones por todo un año de trabajo. A la hora de calcular los días de vacaciones, es importante saber si la empresa o el sector profesional tiene un convenio de vacaciones por días laborales o días naturales.
En caso de tener que contar los días de vacaciones por días laborables, estaríamos hablando de 22 días de vacaciones en vez de 30 los días naturales.
¿Las vacaciones tienen que empezar un lunes?
Las vacaciones de un trabajador por cuenta ajena no pueden comenzar por un día inhábil. Esto quiere decir que si tu jornada laboral acaba en viernes, el sábado no será el día en el que comiencen tus vacaciones, sino el lunes. Esto ocurre cuando hablamos de vacaciones por días laborales. En el caso de contar las vacaciones con días naturales, sí que se tendrían en cuenta los días inhábiles.
¿Quiere decir esto que las vacaciones siempre tienen que empezar un lunes? Esto dependerá del convenio de tu sector o de tu contrato ya que, en caso de llegar a un acuerdo, las vacaciones podrían comenzar otro día diferente al lunes.
¿Pueden acumularse las vacaciones para disfrutarlas al año siguiente?
Esta es una de las dudas más frecuentes y es que muchos trabajadores prefieren guardar semanas o días de vacaciones para disfrutar de unas vacaciones más largas el próximo año. Pero, ¿Esto es posible? La regla general explica que las vacaciones deben ser disfrutadas dentro del año natural en el que se generan. Esto es así porque la finalidad es la de garantizar el correcto descanso del personal laboral para tener una buena salud laboral.
No obstante, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha dado el consentimiento para que, en ciertas ocasiones, se puedan acumular estas vacaciones siempre y cuando esté justificado. No obstante, siempre se recomienda disfrutar de las vacaciones durante el año natural para evitar futuros conflictos.
¿Las vacaciones se pueden dar en días sueltos?
En el caso de que el Convenio Colectivo no tenga ninguna limitación al respecto, ambas partes, es decir, el empleador y el empleado, pueden pactar el fraccionamiento de las vacaciones como mejor les convenga.
Aún así, existe una limitación general según el art. 8.2 del Convenio de la OIT nº 132, de fecha 24 de junio de 1970, que explica que «una de las fracciones deberá consistir, por lo menos, en dos semanas laborables ininterrumpidas».