En la mayoría de ocasiones, la partición de una herencia se realiza sin problemas, de acuerdo a todo lo que el fallecido estableció de forma oficial en el testamento. No obstante, también suelen darse situaciones marcadas por conflictos familiares en el momento de repartir la herencia entre los herederos; especialmente en aquellos casos en los que no existe testamento por medio.
Con este contexto, puede darse el caso de una persona que desee comprar parte de la herencia de un hermano y no sepa cómo llevar a cabo dicha acción. Esta situación es común cuando existe una vivienda como herencia, ya que uno de los hermanos prefiere pagar la parte que corresponde a su hermano antes de vender la casa a un tercero.
En cualquier caso, hay que tener en cuenta que el momento de partición de una herencia siempre es complicado, ya que se produce debido al fallecimiento de un ser querido. Debido a que las emociones se encuentran a flor de piel, es recomendable que cualquier acción se lleve a cabo con la máxima delicadeza y la presencia de profesionales.
Comprar parte de la herencia
Supongamos que uno de los hermanos herederos desea quedarse con la propiedad al completo. Para ello, deberá comprar la parte que necesita a su hermano o hermanos. En este sentido, los profesionales de ‘La Botica Inmobiliaria‘ explican que existen varias alternativas.

La primera opción consiste en establecer un acuerdo entre ambas partes antes de formalizar la herencia. Los expertos advierten que para transferir la propiedad de la vivienda debe existir un acuerdo unánime entre todos los herederos. Así, es preciso recordar que la vivienda es un bien indivisible.
La fórmula se basa en establecer un acuerdo privado entre los hermanos, en el que se determine que uno de ellos comparará parte o partes de la vivienda a sus otros hermanos. «Al tratarse de un bien indivisible, esta compra está exenta de impuestos y cada parte recibe en dinero o bienes lo que le corresponde. Llegados a este punto, solo queda pagar la plusvalía», informan los expertos de ‘La Botica Inmobiliaria‘.
Acuerdo posterior
Uno de los hermanos puede vender su parte indivisa de la vivienda, aunque siempre tendrán preferencia de compras el resto de hermanos a los que le pudiese interesar la operación. Concretamente, los coherederos de la vivienda disponen de un plazo de un mes para acogerse a la subrogación desde el momento que se conozca la posible venta a un tercero.
Ante un conflicto entre hermanos por la herencia de una vivienda, pueden darse diferentes escenarios:
- Que uno de los hermanos compre al resto su participación en la misma.
- Vender la vivienda a un extraño y repartir el dinero a partes iguales entre los herederos.
- Acudir a un mediador que intente velar por los intereses de los herederos, antes de agotar la vía judicial.
Siempre que un hermano compre parte de la vivienda de otro hermano en la herencia, tendrá la obligación de afrontar la plusvalía municipal y el Impuesto de Sucesiones y Donaciones que corresponda a la Comunidad Autónoma en cuestión.
En algunas ocasiones puede suceder que el resto de herederos decidan ceder al interesado su parte correspondiente de la vivienda. En estos casos no se necesitaría comprar, sino que simplemente se tendrá que hacer frente a los impuestos que requiere Hacienda por la operación, evitando la compensación económica con el resto de herederos.