La pensión de incapacidad permanente total para mayores de 55 años puede experimentar un aumento muy importante en su cuantía. Para ello, es obligatorio que se cumpla con los requisitos exigidos por parte del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).
El grado de incapacidad permanente total inhabilita al trabajador para desempeñar su profesión habitual. Sin embargo, es compatible con otras actividades laborales que no entren en conflicto con las limitaciones que dieron origen a la incapacidad.
Novedades en la incapacidad permanente total
En los últimos tiempos se han aprobado medidas importantes que afectan a las personas beneficiarias de una incapacidad permanente total. En concreto, se trata de cambios beneficiosos para los ciudadanos.
Por un lado, se ha aprobado la asimilación de una discapacidad del 33% para las personas que tengan reconocida una pensión de incapacidad permanente total. Esta asimilación de discapacidad del 33% solamente se aplica para el ámbito laboral.
Además, recientemente, el Gobierno de España ha eliminado el despido automático hacia el trabajador tras el reconocimiento de una incapacidad permanente total. Ahora, el trabajador podrá decidir si continúa en su mismo puesto de trabajo, si pasa a otra actividad dentro de la propia empresa o si pone fin a la relación contractual con la empresa.
Con todo ello, el reconocimiento de una incapacidad permanente total, en términos generales, conlleva la percepción de una pensión con una cuantía equivalente al 55% de la base reguladora del trabajador. Por tanto, el salario del ciudadano juega un papel clave sobre el importe a recibir por la incapacidad permanente total.
Incapacidad permanente total con 55 años de edad
Si el beneficiario de la incapacidad permanente total tiene 55 años o más, y se encuentra en paro, pasa a una situación de incapacidad permanente total cualificada. En ese caso, se puede solicitar un aumento del 20% en la cuantía de la pensión.
De este modo, cuando un ciudadano se encuentra en situación de incapacidad permanente total cualificada, la pensión pasa a un importe del 75% de la base reguladora del trabajador.
Los expertos de ‘CampmanyAbogados’ aclaran que «la incapacidad permanente total cualificada se puede pedir tanto si ya se estaba cobrando por invalidez total como si es la primera vez que se solicita la incapacidad permanente total, a los 55 años o más. Siempre que no se haya alcanzado la edad de jubilación ordinaria».
En concreto, para pasar a una incapacidad permanente total cualificada, es obligatorio cumplir dos requisitos básicos: Tener cumplido 55 años o más, y encontrarse en situación legal de desempleo. «No existen más requerimientos para una incapacidad permanente total cualificada de mayores de 55 años, aparte de los relativos a las limitaciones físicas o psíquicas propios de la incapacidad permanente total».
Si bien, es necesario aclarar que la incapacidad permanente total cualificada no se puede compatibilizar con un empleo. En caso de iniciar una nueva actividad laboral, la pensión volverá a tener una cuantía equivalente al 55% de la base reguladora de la persona beneficiaria.
Es responsabilidad del ciudadano solicitar la incapacidad permanente total cualificada al cumplir 55 años de edad o cuando se cumplan los requisitos pertinentes. Además, también se puede recurrir al asesoramiento de abogados expertos para que puedan completar este trámite por ti. Son algunas de las opciones que ofrece la Seguridad Social para beneficiarios de una incapacidad permanente total con 55 años.