En más de una ocasión hemos explicado que el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) no cuenta con un listado de enfermedades o lesiones que dan lugar a una pensión de incapacidad permanente. Así, este organismo público analiza la situación particular de cada persona a la hora de otorgar el derecho a una pensión contributiva de este tipo.
Muchas personas se cuestionan si es posible optar a una incapacidad permanente por alergia. La realidad es que no es demasiado común que el INSS reconozca una pensión de incapacidad permanente por este tipo de afección. No obstante, existen determinadas circunstancias por las que sí es posible.
La pensión de incapacidad permanente es una pensión contributiva que trata de paliar la pérdida de ingresos que sufre un trabajador al ver reducida o anulada su capacidad laboral a causa de una lesión o enfermedad. Por tanto, una alergia puede ser motivo de incapacidad en caso de que tenga influencia sobre el desarrollo de la actividad profesional.
Incapacidad permanente por alergia
Los expertos de ‘Midline Plus‘ explican que una alergia es una reacción del sistema inmune hacia algo que realmente no molesta a las demás personas. Dicha reacción es negativa y puede suponer un riesgo para la salud de la persona. Entre las alergias más comunes, destacan el polen, ácaros de polvo, caspa de animales, alimentos, picaduras de insectos o medicinas.
Hay que tener en cuenta que la gravedad de la alergia puede ser muy variada. Así, puede ir desde una simple reacción hasta la anafilaxis, que puede poner en serio riesgo la vida de la persona. Con todo ello, el INSS debe analizar cada situación particular para reconocer una pensión de incapacidad permanente por alergia.
En la mayoría de casos, las alergias hacia cualquier elemento suelen ser crónicas. No obstante, existen tratamientos para aliviar los síntomas propios de esa alergia. Es fundamental que cualquier persona conozca todas sus posibles alergias, aunque en ocasiones pueden surgir con el paso del tiempo y reacciones inesperadas del organismo.
¿En qué casos puede darse?
Los profesionales de ‘Tribunalmédico.com‘, especialistas en incapacidad laboral, indican que la concesión de una pensión de incapacidad permanente por alergia puede darse en situaciones en las que el trabajador esté en contacto constante con diferentes sustancias.
En el caso del grado de incapacidad permanente parcial, se da cuando el trabajador puede desarrollar su actividad laboral pero con una disminución del rendimiento en su trabajo de al menos el 33%. Una reducción que se produce, en gran medida, por el contacto constante con un alérgeno. Puede ocurrir, principalmente, en profesiones químicas.
Por otra parte, también puede darse una pensión de incapacidad permanente total por alergia. En estas situaciones, el trabajador debe demostrar que el contacto habitual con un alérgeno le genera reacciones que no le permiten desarrollar su profesión habitual. Así, esta pensión de incapacidad es compatible con la realización de otras actividades laborales que no entren en conflicto con el grado de incapacidad reconocido.
En definitiva, existe la posibilidad de que el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) reconozca una pensión de incapacidad permanente por alergia. Si bien, no se trata de un proceso habitual y deben darse una serie de elementos puntuales para ello.