El próximo 3 de abril de 2024 arranca la Campaña de la Renta 2023-2024. Así, muchos pensionistas de incapacidad permanente tendrán que presentar la Declaración de la Renta, aunque otros tantos quedarán exentos.
Las pensiones de incapacidad permanente son un tipo de pensión muy particular, dirigida a paliar la pérdida de ingresos que sufre un trabajador a causa de una lesión o enfermedad, que reduce o anula su capacidad laboral.
En este sentido, la Agencia Tributaria considera las pensiones de incapacidad permanente como rendimientos del trabajo. Por ello, las personas beneficiarias que cumplan con las condiciones, tendrán la obligación de presentar la Declaración de la Renta.
Incapacidad permanente y Declaración de la Renta
Hay que recordar que en España existen cuatro grados de incapacidad permanente que puede conceder el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS): Parcial, total, absoluta y Gran Invalidez.
Cada grado de incapacidad permanente se diferencia claramente en ciertos elementos, como la cuantía de pensión a percibir o la compatibilidad laboral. Así, también existen distinciones claves en relación a la presentación de la Declaración de la Renta.
Los pensionistas que cobran una incapacidad permanente absoluta o una Gran Invalidez, no tienen la obligación de presentar la Declaración de la Renta, ya que ambos grados de invalidez están exentos de tributar el IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas).
Por su parte, los beneficiarios de una incapacidad permanente parcial o una incapacidad permanente total sí tendrán la obligación de presentar la Declaración de la Renta, en aquellos casos en los que superen el límite de ingreso exento para la presentación.
Límite de ingresos para la Declaración de la Renta
Cualquier persona con ingresos superiores a 22.000 euros al año tiene la obligación de presentar la Declaración de la Renta, a no ser que perciba rentas exentas de tributar el IRPF. Esta normativa también se aplica para los pensionistas de incapacidad permanente.
Del mismo modo, el límite se marca en 15.000 euros en caso de que los ingresos del ciudadano procedan de dos o más pagadores. Eso sí, siempre que a partir del segundo pagador los ingresos sean superiores a 1.500 euros.
Es importante recordar que Hacienda también aplica ciertas deducciones para aquellas personas con discapacidad igual o superior al 33%. Se trata de algo que puede generar ciertas confusiones en beneficiarios de una incapacidad permanente.
Las personas a las que se le reconoce, al menos, un grado de incapacidad permanente total también se les asimila una discapacidad igual o superior al 33%. Sin embargo, esta asimilación de la discapacidad solamente se aplica para el ámbito laboral. Es decir, no influye para las ventajas fiscales.
Para disfrutar de dichas ventajas fiscales, las personas beneficiarias de una incapacidad permanente total también deberán contar con un certificado de discapacidad emitido por la Comunidad Autónoma correspondiente.
En definitiva, estos son todos los aspectos claves que deben tener en cuenta las personas beneficiarias de una pensión de incapacidad permanente en España. Así, la Declaración de la Renta se podrá presentar desde el 3 de abril de 2024 al 1 de julio de 2024.
Si una persona tiene la obligación de presentar la Declaración de la Renta y no completa este trámite en el plazo indicado, se expone a importantes consecuencias. Entre otras cosas, la Agencia Tributaria puede conllevar un recargo del 1% por cada mes que se atrase el trámite.