Cuando hablamos de la jubilación, debemos de tener en cuenta que ocurre cuando un trabajador en activo, por cuenta propia o ajena, solicita pasar a una situación pasiva o de inactividad laboral tras haber alcanzado la edad legal para ello. Para ello existen dos tipos diferentes de prestaciones para acceder a la jubilación. Por un lado, la pensión contributiva de jubilación, que es gestionada por la Seguridad Social y que es más compleja, ya que depende de los años de cotización y la base de cotización que tenga cada persona. Por otro lado, vemos la pensión no contributiva de jubilación, que es gestionada por el Instituto de Mayores y Servicios Sociales, conocido como IMSERSO.
Por pensión de jubilación entendemos la prestación que «cubre la pérdida de ingresos que sufre una persona cuando, alcanzada la edad establecida, cesa en el trabajo por cuenta ajena o propia, poniendo fin a su vida laboral, o reduce su jornada de trabajo y su salario en los términos legalmente establecidos».
Pensión de jubilación a la que puedo acceder si he cotizado 10 años
La pensión contributiva de jubilación de la Seguridad Social es una prestación que entre sus requisitos incluye un mínimo de años cotizados para poder acceder a la ayuda. Si no se cumple con ese mínimo de años cotizados, no se puede acceder a la ayuda. En la actualidad dicha cifra está fijada en 15 años, por lo que las personas que hayan cotizado menos tiempo son excluidas de dicha ayuda. Por lo tanto, las personas que han cotizado 10 años, no podrán acceder a la pensión de jubilación de la Seguridad Social.
Pero no es el fin del mundo, ya que existe otra pensión de jubilación para la que no existe ningún tipo de requisito asociado a la cotización. Por lo tanto, si una persona no ha cotizado nunca, o ha cotizado 10 años, podrá acceder a la pensión no contributiva de jubilación, que es una ayuda gestionada por el IMSERSO.
Requisitos para acceder a la pensión no contributiva de jubilación
Desde el IMSERSO señalan que las personas que quieran acceder a la pensión no contributiva de jubilación deben de cumplir una serie de requisitos, entre los que se incluye:
- Tener sesenta y cinco años o más.
- Residir en territorio español y haberlo hecho durante un período de diez años, en el período que media entre la fecha de cumplimiento de los dieciséis años y la de devengo de la pensión, de los cuales dos han de ser consecutivos e inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud.
- Desde el IMSERSO señalan que la pensión no contributiva de jubilación es incompatibles con la pensión no contributiva de invalidez, con las pensiones asistenciales y con los subsidios de garantía de ingresos mínimos y por ayuda de tercera persona.
A estos requisitos citados hay que sumarle otro que exige el IMSERSO, que es que la persona debe de carecer de ingresos suficientes, ya que si supera dichos ingresos, no recibirá o le será retirada la ayuda. En 2024 hablamos que existe una carencia cuando las rentas o ingresos personales de que se disponga, en cómputo anual para 2024. Aun así, el IMSERSO informa de que si son inferiores a 7.250,60 € anuales y se convive con familiares, únicamente se cumple el requisito cuando la suma de las rentas o ingresos anuales de todos los miembros de su unidad económica de convivencia, sean inferiores a las cuantías que se recogen más adelante.