No es plato de buen gusto ser despedido de un trabajo. Aún menos lo es que lo hagan a pocos años de que nos podamos jubilar. Esto supone un doble problema: La pérdida de empleo y el posterior impacto que tendrá en nuestra pensión. Por ello, dependiendo de la clase de despido, los trabajadores podrán acceder a la jubilación anticipada, eso sí, siempre y cuando cumplan con los requisitos establecidos.
A continuación, exponemos las diferentes vías por las que podemos ser despedido y si podemos acogernos a una jubilación anticipada. Algo que será de vital importancia ya que al ser despedidos con ciertas edades se hace casi imposible volver a reincorporarse al mundo laboral.
Despido colectivo o despido objetivo
En este caso, cualquier trabajador que se vea afectado por un despido colectivo o por un despido objetivo por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción, tienen la posibilidad de alcanzar la jubilación anticipada.
- Causas técnicas: Esto se refiere a los cambios que ha tenido una empresa que hayan podido afectar a los medios o instrumentos de producción.
- Causas económicas: En caso de que la empresa se encuentre en una situación económica negativa. Aquí se entiende que para hacer efectivo este tipo de despidos la caída debe persistir durante tres trimestres consecutivos.
- Causas productivas: Esto se produce cuando hay cambios en la demanda de productos o servicios de la empresa.
- Causas organizativas: Tiene que ver con cambios que afectan a los sistemas y métodos de trabajo en la plantilla.
Diferencias entre despido colectivo y objetivo
La principal diferencia entre un despido y otro son el número de trabajadores despedidos. Hablamos de despido colectivo, si en un periodo de 90 días, el despido afecta a al menos 10 trabajadores, o al 10% de la cifra de trabajadores en empresas de entre 100 y 200 trabajadores, o a 30 personas si hablamos de empresas con más de 300 empleados.
En caso de ser despedido, la persona despedida podrá optar por jubilarse anticipadamente, siempre y cuando se cumplan las siguientres condiciones: Tener 33 años cotizados y encontrarse inscrito como demandante de empleo desde al menos seis meses antes de la fecha efectiva de acceso a la jubilación
Inconvenientes de la jubilación anticipada
Los trabajadores que quieran optar por la jubilación anticipada deberán tener en cuenta que el importe de la pensión se verá reducido. Por cada trimestre o fracción de trimestre adelantado, se reducirán las cuantías a recibir por parte de la Seguridad Social.
Estas son las reducciones o penalizaciones por jubilación anticipada:
- Cotizaciones inferiores a 38 años y 6 meses: Reduce un 1,875% por cada trimestre anticipado
- Entre 38 años y 6 meses y 41 años y 6 meses: Reduce un 1,750% por trimestre
- Cotizaciones entre 41 años y 6 meses y menos de 44 años y 6 meses: 1,625% por trimestre
- Cotizaciones superiores a 44 años y 6 meses: Reduce un 1,5% por trimestre
Requisitos para acceder a la pensión máxima
Cuantas más altas sean nuestras bases de cotización, más dinero se suministrará. De esta manera, la pensión máxima solo se puede obtener si nuestras bases de cotización son suficientemente altas para que, en el cálculo de la base reguladora que dará lugar a nuestra pensión, resulte una pensión de jubilación también muy alta. Por lo tanto, la pensión máxima se refiere a un tope, no a que sea un importe alcanzable, ya sea por méritos, cotización o edad.
Cómo calcularla
- Averigua cuáles son tus bases de cotización. Lo puedes hacer en este enlace.
- Aplícalas al periodo de referencia para calcular tu base reguladora. Este cálculo se realiza sumando una a una las bases de cotización de los 264 meses comprendidos en los 22 años del periodo de referencia.
- Tras sumar esas 264 bases de cotización, que será una cifra bastante elevada, divide la cantidad resultante entre 308. El resultado será tu base reguladora.
En resumen, con un total de 35 años y medio cotizados podrás recibir el 100% de tu jubilación correspondiente (siempre y cuando haya cumplido la edad de jubilación).