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Esta es la nueva cotización que debe pagar un empleador por su empleada del hogar

La nueva normativa introduce modificaciones en las cotizaciones de las personas empleadas del hogar a la Seguridad Social

Alejandro Perdigones
09/11/2022 10:00
en Prestaciones y Empleo
Seguridad Social Cotización empleada del hogar./ Foto de Canva

Cotización empleada del hogar./ Foto de Canva

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La entrada en vigor del Real Decreto Ley 16/2022, de 6 de septiembre, mejora las condiciones de trabajo y de Seguridad Social de las personas empleadas del hogar. Así, entre otras cosas, se produce una modificación en la cotización que debe pagar el empleador por su empleada del hogar a la Seguridad Social, debido a que se incorporan coberturas como el acceso a prestaciones y subsidio por desempleo.

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En concreto, se aumenta la cotización para incluir la protección por desempleo y la aportación al FOGASA (Fondo de Garantía Salarial) que se aplica a la base de cotización de la persona empleada del hogar, y que está determinada por el salario que percibe cada trabajadora en cuestión. Y hablamos de trabajadora puesto que la gran mayoría de trabajadores de este colectivo en España son mujeres.

Sin embargo, desde la Seguridad Social explican que esta modificación no implica un aumento de la cuota de cotización que debe pagar el empleador, ya que también se incluyen bonificaciones y reducciones para este tipo de aportaciones.

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Cotización Seguridad Social de empleadas del hogar

Respecto a este ámbito, la normativa introduce reducciones del 20% en la aportación empresarial a la cotización por contingencias comunes. Además, se establece una bonificación del 80% en la aportación empresarial por desempleo y al FOGASA para aquellas personas que tengan contratada o contraten a una persona empleada del hogar con alta en la Seguridad Social.

→  ¿En qué supuestos puede dar por nula una baja temporal la Seguridad Social?
Subsidio para empleadas del hogar./ Foto de Canva
Empleadas del hogar./ Foto de Canva

El único requisito que establece el Gobierno de España para tener derecho a estas bonificaciones, es estar al corriente de pago con la Seguridad Social y en cumplimiento de sus obligaciones tributarias con Hacienda en el momento que la persona trabajadora del hogar inicie su actividad laboral.

Por otra parte, desde la Seguridad Social exponen que «las familias numerosas podrán acceder, hasta el 31 de marzo de 2023, a una bonificación del 45%. En este caso no resultará de aplicación la reducción de cuotas del 20% sobre la aportación empresarial por contingencias comunes, pero sí las bonificaciones del 80% sobre la aportación empresarial para desempleo y Fondo de Garantía Salarial».

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Tipo de cotización y cuantía media

Desde la Seguridad Social ofrecen un ejemplo práctico para que los ciudadanos puedan observar más claramente la nueva cotización del empleador por su trabajadora empleada del hogar. Así, para la base media de cotización del sistema especial de empleo del hogar (655,22 euros), la cuota para el empleador subirá menos de 7 euros, una vez que se aplique la bonificación del 80%.

#Duda ¿Cuánto voy a pagar por la cotización por desempleo de mi empleada de #hogar? Depende del salario.

👉Con la bonificación del 80%, las cuotas para una base de cotización de 655,22€ serían:

✅FOGASA: 0,26€
✅Desempleo empleador: 6,55€
✅Desempleo trabajador: 6,88€

— Atención a la ciudadanía de @inclusiongob (@incluinfo) November 8, 2022


Así, los profesionales de la Seguridad Social explican cómo se establecen los tipos de cotización entre el 1 de octubre y el 31 de diciembre de 2022:

  • Desempleo: Una cotización del 6,05%. Un 5% es responsabilidad del empleador y un 1,05% está a cargo de la empleada del hogar.
  • FOGASA: Un 0,2% que corre exclusivamente a cargo del empleador.
→  Pensión: Cómo solicitar la incapacidad permanente total 2021

Finalmente, la Seguridad Social aclara que a partir del 1 de enero de 2023, los tipos de cotización para este colectivo de trabajadores se regirán por lo que se establezca en los Presupuestos Generales del Estado (PGE). «Las cuotas de desempleo y FOGASA de octubre se abonarán en los primeros meses de 2023 aunque de momento no es posible determinar fecha exacta», concluyen desde la Seguridad Social.

Temas: cotizaciónseguridad social
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