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Inicio Prestaciones y Empleo

La Seguridad Social avisa cómo finalizar una relación laboral con una empleada del hogar

La nueva normativa de la Seguridad Social incluye medidas relacionadas con el fin de la relación laboral de una persona trabajadora del hogar

Alejandro Perdigones
25/10/2022 11:24
en Prestaciones y Empleo
Despido de la empleada del hogar seguridad Social

Despido de Empleada del Hogar./ Foto de Canva

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El Real Decreto-Ley 16/2022, de 6 de septiembre, incorporó una serie de medidas claves para mejorar las condiciones laborales y de Seguridad Social de las personas trabajadoras del hogar en España. Hay que tener en cuenta que la mayor parte de estos trabajadores son mujeres, que se encontraban en situación de vulnerabilidad con respecto a otros colectivos de trabajadores del sistema español.

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Con esta nueva normativa, se equiparan las condiciones laborales de las personas empleadas del hogar al resto de personas trabajadoras por cuenta ajena, tanto en el ámbito laboral, como en las múltiples relaciones con la Seguridad Social. Uno de los elementos claves que se incluyen es la protección de este colectivo frente al desempleo.

Desde la Seguridad Social explican que «la norma tiene como objetivo equiparar las condiciones de trabajo y de Seguridad Social de las personas trabajadoras del hogar familiar a las del resto de personas trabajadoras por cuenta ajena para acabar con la discriminación histórica de este colectivo feminizado».

Para que un empleador pueda poner fin a la relación laboral con una empleada del hogar, se deben cumplir una serie de requisitos básicos. Además, con esta nueva normativa, las empleadas del hogar tienen la posibilidad de acceder a las prestaciones por desempleo y los diferentes subsidios por desempleo gestionados por el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE),

Relación de empleada laboral y Seguridad Social

Si un empleador quiere finalizar su relación laboral con la empleada del hogar, es necesario seguir una serie de pautas. En este caso, el empleador tiene la obligación de comunicar de forma escrita a la empleada del hogar la decisión de dar por finalizada la relación laboral. Dicho escrito debe dejar de forma clara la causa por la que se procede a extinguir la relación laboral.

Despido de Empleada del Hogar./ Foto de Canva
Despido de Empleada del Hogar./ Foto de Canva

La nueva normativa de la Seguridad Social no permite extinguir la relación laboral con la empleada del hogar sin causa alguna. Es decir, se elimina la posibilidad de desistimiento. Cualquier extinción laboral de una empleada del hogar se debe recoger en una causa fundamentada.

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Desde la Seguridad Social enumeran algunas de las causas por las que podría extinguirse una relación laboral de un empleador con una empleada del hogar, más allá de los motivos ya recogidos para el resto de trabajadores del sistema español:

  • Reducción de los ingresos de la unidad familiar o incremento de sus gastos por causa sobrevenida.
  • Variación sustancial de las necesidades de la unidad familiar que justifican poder prescindir de la persona trabajadora del hogar.
  • Pérdida de confianza de la persona empleadora y su trabajador. Si bien, este hecho debe sustentarse en motivos lo suficientemente claros para que la relación laboral pueda llegar a su fin.

Finalmente, desde la Seguridad Social recuerdan que «si la prestación de servicios hubiera durado más de un año, la persona empleadora deberá conceder un preaviso, como mínimo, de veinte días desde que se comunique a la persona trabajadora la decisión de extinción. En los demás supuestos el preaviso será de siete días».

Temas: seguridad social
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