La Seguridad Social contempla diferentes ayudas y beneficios para las personas que tienen reconocida una discapacidad igual o superior al 33% en España. Se trata de personas que cuentan con el certificado de discapacidad emitido por los servicios sociales de su Comunidad Autónoma.
El simple hecho de tener reconocida una discapacidad no implica la percepción de un pago económico. Sin embargo, la Seguridad Social contempla diferentes ayudas y beneficios que pueden implicar la percepción de una cuantía económica.
Otra cosa diferente es la pensión de incapacidad permanente, que se reconoce a los trabajadores que presentan una reducción anatómica o funcional a la hora de realizar su profesión habitual o cualquier tipo de actividad laboral. Discapacidad e incapacidad permanente son dos términos diferentes, aunque comparten ciertas similitudes.
Jubilación anticipada por discapacidad
Las personas con una discapacidad igual o superior al 45% pueden acogerse a la jubilación anticipada por discapacidad desde los 56 años de edad. Por su parte, las personas con una discapacidad igual o superior al 65% pueden acceder a la jubilación anticipada por discapacidad de la Seguridad Social desde los 52 años de edad. Sin embargo, tanto la edad como la discapacidad deben acreditarse mediante una prueba médica oficial.
En ambos casos, además de tener reconocida una discapacidad en los grados mencionados anteriormente, es necesario que se cumplan una serie de requisitos básicos de cotización y edad.
Si bien, las personas con una discapacidad igual o superior al 33% no tienen derecho a la jubilación anticipada por discapacidad. Así lo recoge la normativa de la Seguridad Social al respecto.
Ayudas de la Seguridad Social
A pesar de ello, las personas que cuentan con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 33% pueden acceder a diferentes ayudas y prestaciones de la Seguridad Social en diferentes ámbitos.
Por ejemplo, tienen derecho a diferentes ventajas de acceso al mundo laboral, con plazas de empleo reservadas de forma específica en las Ofertas de Empleo Público y en las ofertas de trabajo de empresas privadas. Las personas con una incapacidad permanente total tienen una asimilación de personas con discapacidad del 33% en el ámbito laboral.
Igualmente, la Seguridad Social puede cubrir los gastos de transporte de las personas con discapacidad con problemas de movilidad. La ayuda puede ascender hasta 825 euros al año. Además, las personas con movilidad reducida también pueden obtener un certificado para aparcar el vehículo en plazas PMR.
En otro orden de cosas, las personas con discapacidad del 33% tienen derecho a asistencia sanitaria y prestación farmacéutica de la Seguridad Social. Es otro de los beneficios a los que acceden las personas que tienen reconocido, al menos, este grado de discapacidad.
Igualmente, las personas con discapacidad igual o superior al 33% también cuentan con ciertas ventajas fiscales a la hora de realizar la Declaración de la Renta y rendir cuentas con la Agencia Tributaria. En concreto, cuentan con un mínimo personal 3.000 euros superior al resto de ciudadanos.
Las personas con un hijo con discapacidad igual o superior al 33% pueden recibir una prestación económica por hijo a cargo. Además, la Seguridad Social también contempla ayudas de inserción, para el empleo, vehículos, vivienda, ocio y cultura.