El grado más elevado de incapacidad permanente que puede conceder el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) en España es la gran invalidez. Este grado de incapacidad genera una serie de derechos y obligaciones por parte del pensionista.
La incapacidad permanente por gran invalidez se reconoce a los trabajadores que se encuentran incapacitados para desarrollar cualquier profesión u oficio, debido a una lesión o enfermedad. Además, también se reconoce que el trabajador necesita la ayuda de terceras personas para llevar a cabo las actividades básicas del día a día.
A pesar de que inhabilita al trabajador para cualquier profesión u oficio, aunque muchas personas lo desconocen, la gran invalidez es compatible con el desarrollo de la actividad laboral. Sin embargo, las posibilidades de compatibilidad quedan muy limitadas.
Derechos de la incapacidad permanente de gran invalidez
La principal ventaja del reconocimiento de una pensión de incapacidad permanente de gran invalidez es la percepción de una pensión del 100% de la base reguladora. Además, se añade un complemento por gran invalidez, no inferior al 45% de dicha base reguladora.
Con todo ello, estos son los principales derechos de las personas beneficiarias de una pensión de incapacidad permanente de gran invalidez:
- Reconocimiento de una discapacidad del 33%, a efectos del ámbito laboral. Para lograr un reconocimiento de discapacidad a todos los niveles, es necesario obtener un certificado emitido por los servicios sociales autonómicos.
- Al alcanzar la edad de jubilación, el trabajador puede elegir entre seguir cobrando la gran invalidez o pasar a la pensión de jubilación (siempre que tuviese derecho). En la mayoría de casos es más conveniente seguir percibiendo la pensión de invalidez.
- Las pensiones de gran invalidez también cuentan con complementos a mínimos, ya que el Gobierno de España fina las cuantías mínimas en los Presupuestos Generales del Estado (PGE) cada año.
- Las pensiones de incapacidad permanente de gran invalidez están exentas de tributar al IRPF.
En este caso, la suma del 100 % de la base imponible estándar y la asignación por discapacidad grave puede exceder la pensión máxima permitida. Es decir, la cantidad puede ser superior al límite.
Como explicábamos al principio, una gran invalidez puede ser compatible con un trabajo retribuido. En este sentido, los expertos de “CampmanyAbogados” comentan que “el trabajo a realizar debe estar protegido o especialmente adaptado a la situación de invalidez de la persona”, aunque también se puede optar por puestos como el de gerente, que el jubilado no tiene los para realizar las tareas requeridas para las operaciones comerciales por sí mismos.
Obligaciones en caso de incapacidad permanente
Así como se adquieren una serie de derechos, el reconocimiento de una incapacidad permanente o grave también conlleva el cumplimiento de determinadas obligaciones.
En primer lugar, el pensionado debe participar en todas las revisiones de pensión de invalidez exigidas por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). Puede haber revisiones hasta alcanzar la edad de jubilación.
Finalmente, los profesionales de ‘CampmanyAbogados‘ informan que «si se compatibiliza la gran invalidez con un empleo (por cuenta ajena o propia) que conlleve darse de alta en alguno de los regímenes de nuestro sistema de Seguridad Social, se debe cotizar y, a su vez, informar a la entidad pública de que vamos a iniciar -o hemos iniciado ya- la actividad en cuestión».