Algunos pensionistas que perciben una pensión contributiva de jubilación del sistema español disponen hasta el 31 de marzo para realizar un trámite imprescindible. No presentar este documento puede conllevar la pérdida del derecho a percibir la pensión, con las consecuencias que ello conlleva para el usuario.
Hay que recordar que los pensionistas también tienen que cumplir ciertas obligaciones con la Administración, en base a su condición. Entre las obligaciones, destaca la presentación de ciertos documentos a la Seguridad Social.
Documento para no perder la pensión
El documento al que nos referimos es la ‘Fe de vida’. Se trata de un documento crucial que sirve para certificar ante la Seguridad Social que el pensionista en cuestión sigue vivo y que, por tanto, tiene derecho a seguir percibiendo su pensión contributiva de jubilación.
Al respecto, desde la Seguridad Social aclaran que «sólo los pensionistas que residen en el extranjero deben presentar además un justificante original de vivencia para mantener la prestación. Deben hacerlo todos los años dentro del primer trimestre natural«.
Es decir, la presentación del documento de ‘fe de vida’ es un trámite obligatorio para todas las personas que residen en el extranjero y perciben una pensión contributiva del sistema español. Se trata de un trámite que debe llevarse a cabo durante el primer trimestre de cada año.
Así, en 2023, el plazo para presentar el documento de ‘fe de vida’ finaliza el 31 de marzo de 2023. Dicho documento debe remitirse a la Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), que se encarga de gestionar su pensión.
Desde la Seguridad Social recuerdan que toda esta información se ha comunicado a los pensionistas en la correspondiente revalorización de las pensiones para este año 2023. Y es que en desde el 1 de enero de 2023, las pensiones cuentan con una revalorización del 8,5% con respecto al año anterior.
¿Cómo obtener la ‘fe de vida’?
Los profesionales de la Seguridad Social informan a todos los pensionistas que el documento de ‘fe de vida’ se puede obtener «mediante acta notarial de presencia o compareciendo ante los encargados de los Registros Civiles Consulares, que son las autoridades competentes en esta materia. También la Consejerías o Secciones de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social del lugar donde resida puede expedir certificaciones de comparecencia en su oficina, acreditándose así también la vivencia».
Actualmente, debido al avance de las nuevas tecnologías, también se permite realizar la comparecencia por videoconferencias ante estas Consejerías o Ministerios del lugar donde resida el pensionista. Es una alternativa habilitada para aquellos usuarios que no puedan desplazarse por motivos de salud.
Esta gestión es solo obligatoria para los pensionistas que perciben una pensión del sistema español fuera de España. El plazo finaliza el 31 de marzo de 2023. Por su parte, desde la Seguridad Social matizan que «los beneficiarios de una pensión del sistema de la Seguridad Social que vivan en España seguirán percibiendo su prestación con normalidad sin la necesidad de presentar ninguna documentación a la Entidad gestora de su pensión, normalmente el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS)».