Si estás entre los rezagados que aún no han presentado la declaración de la Renta, debes darte prisa, pues ya queda menos de un mes para se cierre el plazo. Cabe recordar, que si lo haces fuera de plazo, podrías recibir una sanción. Pero, ¿Por qué debemos realizar este trámite? La declaración de la Renta es el proceso mediante el cual, rendimos cuentas a Hacienda sobre las rentas que hemos percibido durante ese año. El objetivo es cuadrar cuentas, para saber si has contribuido lo que te pertenecía a las arcas del Estado, a través del IRPF.
Pero, ¿Qué es el IRPF? Según informan desde la Moncloa, el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) es un tributo que deben pagar al Estado los ciudadanos residentes en España. Grava la renta que se ha obtenido a lo largo de un año, teniendo en cuenta las circunstancias personales y familiares de cada persona. Este tipo de tributos están concebidos para obtener los recursos necesarios para el sostenimiento de los gastos públicos.
¿Qué tengo que declarar?
Cuando se realiza la declaración de la Renta, el objetivo es rendir cuentas a Hacienda precisamente por la renta que hemos ingresado. Pero, ¿Qué concierne concretamente este término? Pues se trata de todos los rendimientos, ganancias y pérdidas patrimoniales y las imputaciones de renta que se establezcan por la ley, con independencia del lugar donde se hubiesen producido y cualquiera que sea la residencia del pagador.
Según se establece desde La Moncloa, la renta comprende:
- Rendimientos de trabajo: contraprestaciones o utilidades, dinerarias o en especie, que deriven, directa o indirectamente, del trabajo personal o de la relación laboral o estatutaria y no tengan el carácter de rendimientos de actividades económicas, como por ejemplo los sueldos y salarios, las prestaciones por desempleo o las pensiones).
- Rendimientos del capital inmobiliario y mobiliario: contraprestaciones o utilidades, dinerarias o en especie, que provengan, directa o indirectamente, de elementos patrimoniales, bienes o derechos, que sean propiedad del contribuyente y que este no necesite para la obtención de los rendimientos empresariales o profesionales (al contrario de lo que ocurre, por ejemplo, con el inmueble donde el contribuyente realiza su actividad).
- Rendimientos de actividades económicas como por ejemplo, de comercio, fabricación, prestación de servicios, etc.
- Ganancias y pérdidas patrimoniales.
- Imputaciones de renta que se establezcan por ley.
Último día para presentar la declaración de la Renta
El lunes 1 de julio es el último día para presentar la declaración de la Renta de esta campaña. Una fecha para la que ya queda menos de un mes y que debemos tener en cuenta si no queremos tener problemas. Y es que, ¿Cuáles son las consecuencias de no presentar la declaración de la Renta?
Pues quien no haga este trámite en tiempo y forma, podrá hacerla fuera de plazo, siempre que Hacienda no les haya requerido nada. Sin embargo, hay que tener en cuenta que si esta sale negativa, es decir, a devolver, el contribuyente deberá hacer frente a una sanción de 100 euros.
Para no caer en estos problemas, debes consultar el calendario oficial con las fechas para este trámite facilitado por la AEAT, que queda de la siguiente manera:
- 3 de abril hasta el 1 de julio de 2024: presentación por Internet de las declaraciones de Renta y Patrimonio 2023.
- 7 de mayo hasta el 1 de julio de 2024: la Agencia Tributaria podrá confeccionarle su declaración de Renta 2023 por teléfono (solicitud de cita desde el 29 de abril hasta el 28 de junio).
- 3 de junio hasta el 1 de julio de 2024: la Agencia Tributaria podrá confeccionarle su declaración de Renta 2023 presencialmente en sus oficinas (solicitud de cita desde el 29 de mayo hasta el 28 de junio).