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Trámites obligatorios antes del 31 de marzo para no perder la pensión de jubilación

La Seguridad Social advierte sobre los trámites a realizar para no perder la pensión de jubilación a partir del 31 de marzo de 2023

RD Tododisca RD Tododisca
28/03/2023 09:45 - Actualizado 01/07/2025 13:00
Prestaciones
Trámite para no perder la pensión de jubilación Seguridad Social

Determinados pensionistas de España tienen la obligación de presentar una serie de documentos en el primer trimestre de cada año para renovar el derecho a cobrar su pensión de jubilación. Desde la Seguridad Social advierten de la posibilidad de perder la pensión en caso de no realizar estos trámites.

El 31 de marzo de 2023 es la fecha límite en el presente año para presentar estos documentos a la Seguridad Social. Se trata de trámites imprescindibles exigidos por la Administración a los pensionistas. Así, están relacionados con el nivel de rentas, cambios personales o bancarios y garantizar que la persona pensionista sigue viva.

Trámites para mantener la pensión

En cualquier caso, es necesario aclarar que estos trámites no son obligatorios para todos los ciudadanos que perciban una pensión del sistema español, sino para aquellos en los que se cumplan ciertas condiciones específicas.

Aviso de la Seguridad Social para no perder la pensión de jubilación./ Foto de Canva
Trámite para no perder la jubilación./ Foto de Canva

El primer trámite importante a llevar a cabo es la notificación de modificaciones personales o bancarias que puedan afectar a la pensión. Este tipo de trámite se debe materializar en un plazo de 30 días hábiles desde el momento en el que se producen. Por ejemplo, notificar cambios de domicilio, modificación del número de cuenta bancaria o inicio de actividades laborales.

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Si bien, este trámite se puede llevar a cabo durante todo el año natural. Es decir, no se debe comunicar las modificaciones obligatoriamente antes del día 31 de marzo de cada año. Así lo informan los profesionales de la Seguridad Social al respecto.

Documento de ‘Fe de vida’ y certificado de rentas

Por su parte, el documento de ‘Fe de vida’ sí es un trámite que debe llevarse a cabo durante el primer trimestre de cada año. Este documento se exige a todos los pensionistas que perciben una pensión del sistema español y residen en el extranjero.

Consiste en un documento específico que permite acreditar que el pensionista sigue vivo y que continúa teniendo derecho a percibir la pensión contributiva que le corresponda. Las personas que se encuentren en la mencionada situación deben presentar el documento de ‘Fe de vida’ antes del 31 de marzo de 2023, para no perder la pensión.

Desde la Seguridad Social informan que no entregar el documento de ‘Fe de vida’ puede ser una causa justificable para suspender la pensión. Este trámite debe llevarse a cabo de manera presencial en las oficinas consulares del país que corresponda. También se puede realizar por una tercera persona con justificante, en caso de que el pensionista se encuentre incapacitado para desplazarse.

Finalmente, es necesario destacar a los beneficiarios de las pensiones no contributivas del IMSERSO (Instituto de Mayores y Servicios Sociales). Según los profesionales de BBVA, las personas que perciben una pensión de estas características deben entregar durante el primer trimestre del año un certificado de rentas.

En otras palabras, tienen la obligación de garantizar que siguen cumpliendo el requisito de carencia de rentas para poder continuar con la percepción de su pensión no contributiva. Este trámite también tendrá que completarse antes del 31 de marzo de 2023, tal y como se recoge en la normativa del IMSERSO.

Desde la Seguridad Social también advierten que no presentar el documento de certificados de rentas es motivo para la suspensión del pago de la pensión no contributiva. Por su parte, un aumento de rentas puede generar un descenso del importe de la pensión o directamente, la extinción de la misma.

Trámites obligatorios antes del 31 de marzo para no perder la pensión de jubilación
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Temas: JubilaciónPensiónSeguridad Social
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