Uno de los grandes objetivos del Gobierno de España con las medidas de la segunda pata de la reforma de pensiones consiste en reducir la brecha de género existente en las pensiones. De este modo, se han incorporado medidas que benefician a las pensiones contributivas de las mujeres en los próximos años.
Es necesario aclarar que el aumento en la pensión de jubilación también tendrá beneficios para los hombres. Desde la Seguridad Social se establecen una serie de requisitos claves para poder acogerse a las nuevas medidas de la reforma de pensiones.
Mejoras en las pensiones
Muchas de las medidas aprobadas en el nuevo Real Decreto de la Reforma de Pensiones se mantendrán vigentes mientras la brecha de género en las pensiones se sitúe por encima del 5%.
Así, una de las medidas más relevantes consiste en las mejoras de las lagunas de cotización para mujeres. De esta forma, las lagunas de cotización computarán con el 100% de la base mínima entre en los primeros 48 meses, y con el 50% de la base mínima a partir del mes 48.
Los expertos de BBVA aclaran que «para las mujeres trabajadoras por cuenta ajena, se aplicará el 100% de la base mínima entre el mes 49 y el 60 sin cotización (es decir, el 100% hasta el quinto año) y el 80% de la base mínima entre el mes 61 y el 84 (del quinto al séptimo año).
En cualquier caso, la nueva normativa de la Seguridad Social recoge que también podrán aplicarse estas mejoras en las lagunas de cotización en los hombres, siempre que se trate de situaciones comparables.
Otro aspecto clave es el complemento para reducir la brecha de género en las pensiones, que se puede percibir en las pensiones contributivas de jubilación, incapacidad permanente y viudedad. Este complemento está destinado a las personas que acrediten un perjuicio en su carrera laboral en el periodo posterior al nacimiento de uno o varios hijos. Es una situación que viven en España, especialmente, mujeres; aunque el complemento también está disponible para los hombres que cumplan con los requisitos.
Por ello, la nueva reforma añade un aumento adicional del 10% sobre su revalorización en el complemento para reducir la brecha de género en las pensiones. Se trata de una medida que se aplicará durante el año 2024 y 2025.
Asimilación de la jornada parcial para la cotización
Desde el 1 de enero de 2023, los periodos trabajados a tiempo parcial también se tendrán en cuenta como jornada a tiempo completo para el cálculo del cómputo de cotización para la pensión de jubilación. Esta medida será beneficiosa para la cuantía de pensión de hombres y mujeres en España.
Finalmente, los profesionales de BBVA argumentan que «se considerarán efectivamente cotizados, a los efectos de las prestaciones contributivas de Seguridad Social, los tres primeros años de excedencia o reducción de jornada para aquellas mujeres que tuvieron que dejar su trabajo para dedicarse al cuidado de otros familiares, hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, que, por razones de edad, accidente, enfermedad o discapacidad, no puedan valerse por sí mismos, y no desempeñen una actividad retribuida. Es decir, para el cuidado de hijos, mayores o familiares enfermos o discapacitados».
Todas estas medidas tienen como finalidad aumentar la cuantía de las pensiones contributivas de las mujeres en España. Así, muchas de ellas se mantendrán activas mientras la brecha de género en las pensiones se sitúe por encima del 5%.