El sistema español cuenta con una amplia estructura de protección al desempleo. Entre las prestaciones habilitadas cuenta con un subsidio destinado a aquellas personas que han agotado la prestación contributiva por desempleo y tienen responsabilidades familiares.
También existe un subsidio para mayores de 45 años destinado a personas que se encuentran en situación de desempleo y no cuentan con cargas familiares.
En cualquier caso, a continuación exponemos las claves sobre este subsidio gestionado por el Servicio Público de Empleo Estatal y destinado a aquellas personas que cuentan con responsabilidades familiares.
Subsidio por desempleo con cargas familiares
Para acceder al subsidio por desempleo con cargas familiares es necesario cumplir con los requisitos estipulados por ley por el Gobierno de España. En caso contrario no será posible percibir este tipo de prestación de ayuda al desempleo.
Entre los requisitos más importantes destacan los siguientes:
- Estar en situación de desempleo.
- Estar inscrito como demandante de empleo durante al menos un mes desde el agotamiento de la prestación contributiva.
- Tampoco podrá haber rechazado una oferta de empleo de colocación adecuada o haberse negado a participar en acciones de promoción o formación (salvo excepciones justificadas).
- Haber agotado el derecho a percibir la prestación por desempleo de carácter contributivo.
- Suscribir el compromiso de actividad.
- Tener responsabilidades familiares.
- Acreditar carencia de rentas de cualquier naturaleza. Es decir, que las rentas anuales sean inferiores al 75% del salario mínimo interprofesional que corresponda en cada momento.
Duración y cuantía del subsidio
Un aspecto clave a tener en cuenta sobre este subsidio por desempleo para personas con cargas familiares es la duración y la cuantía a percibir por el mismo. En este sentido, el importe mensual es igual al 80% del Indicador Público de Rentas a Efectos Múltiples.
Así, la duración de dicho subsidio es de seis meses, aunque puede ser prorrogable por periodos semestrales en función de la duración de la prestación por desempleo recientemente agotada y la edad del beneficiario.
De este modo, el Servicio Público de Empleo Estatal establece una correlación entre la edad y la prestación contributiva percibida anteriormente. Además, será necesario mantener los requisitos acreditados en un primer momento:
- Si es menor de 45 años y ha agotado una prestación contributiva de al menos 4 meses, tendrá derecho a totalizar 18 meses.
- Si es menor de 45 años y ha agotado una prestación contributiva de al menos 6 meses; tendrá derecho a totalizar 24 meses.
- Si es mayor de 45 años y ha agotado una prestación contributiva de 4 meses, tendrá derecho a totalizar 24 meses.
- Si es mayor de 45 años y ha agotado una prestación contributiva de al menos 6 meses, tendrá derecho a totalizar 30 meses.
Por otra parte, en el caso de las personas trabajadoras fijas discontinuas la duración es equivalente al número de meses cotizados en el año anterior a la solicitud del subsidio.
Cómo presentar la solicitud
El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) facilita diferentes canales para presentar la solicitud del subsidio por desempleo para personas con cargas familiares. Entre ellos encontramos los siguientes:
- Sede Electrónica del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE)
- Oficina de prestaciones. Es necesario obtener cita previa a través del SEPE.
- Cualquier oficina de registro público.
- Correo administrativo.