Cuando una persona supera los 50 años y no encuentra trabajo, y en caso de que su situación económica sea preocupante, tiene que pensar en acudir al Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), que cuenta para estos casos con el subsidio para mayores de 52 años.
Este subsidio es una prestación dirigida a las personas que tienen más de 52 años y han agotado la prestación o el subsidio por desempleo. Para ello, cada persona deberá de cumplir unos requisitos y tendrá que tener en cuenta toda la información relativa a este subsidio.
A continuación vamos a hablar sobre la compatibilidad de este tipo de subsidio con otras ayudas, ya que existe la posibilidad de recibir una ayuda y este subsidio a la vez. Eso sí, para que eso ocurra, no se debe de superar el límite económico que existe como requisito para recibir esta prestación.
Ayudas que son compatibles con el subsidio para mayores de 52 años
Desde el SEPE señalan que existen dos tipos de ayudas que se pueden recibir simultáneamente con el subsidio para mayores de 52 años. Por un lado está el Ingreso Mínimo Vital, mientras que por otro está las Rentas de Inserción, también llamadas Salarios Sociales. Aunque ambas son prestaciones no contributivas, la primera es administrada por la Seguridad Social, mientras que la segunda es responsabilidad de las comunidades autónomas.
En este caso, ambos son compatibles con este subsidio para personas mayores de 52 años del SEPE, siempre y cuando se cumplan los requisitos establecidos y no se supere el umbral del 75 % del salario mínimo.
Debemos de recordar que el Ingreso Mínimo Vital es «una prestación dirigida a prevenir el riesgo de pobreza y exclusión social de las personas que viven solas o están integradas en una unidad de convivencia y carecen de recursos económicos básicos para cubrir sus necesidades básicas».
Por su parte, las Rentas de Inserción son aquellas que tiene el objetivo de «generar una mayor defensa y garantía de la ciudadanía, actuando como elemento impulsor de la integración social y laboral de las personas perceptoras».
¿Es compatible el subsidio para mayores de 52 años con trabajar?
Desde el SEPE señalan que por norma general, si se está cobrando un subsidio por desempleo y se empieza a trabajar por cuenta ajena a tiempo completo, se interrumpe el abono del subsidio y al finalizar el contrato pueden darse estas posibilidades:
- Si el contrato ha durado menos de 360 días, se puede solicitar la reanudación del subsidio que estaba interrumpido.
- Pero si se han tenido más contratos desde que se inició el subsidio y entre dichos contratos y el que acaba de terminar se reúne un mínimo de 360 días, o si el contrato dura 360 o más días, se debe solicitar una prestación de nivel contributivo en lugar de la reanudación del subsidio que se tiene interrumpido, porque la prestación por desempleo contributiva es prioritaria.
A pesar de lo indicado anteriormente, existe la excepción. Y es que es posible compatibilizar, en general, los subsidios por desempleo con el trabajo por cuenta ajena las personas trabajadoras desempleadas mayores de 52 años, inscritas en las oficinas de empleo, beneficiarias de cualquier subsidio, siempre que sean contratadas a tiempo completo, de forma indefinida o temporal, en cuyo caso, la duración del contrato debe ser superior a tres meses.
En este caso, y durante el tiempo que dure el contrato, la empresa completará la cuantía del subsidio recibido por la persona trabajadora hasta el importe del salario que le corresponda a la misma y, a su vez, la empresa cotizará a la Seguridad Social por todas las contingencias y por el total del salario incluyendo el importe del subsidio.