La formación política Sumar ha registrado una iniciativa en el Congreso de los Diputados para que la incapacidad permanente absoluta y la Gran Invalidez vuelvan a ser compatibles con la realización de un trabajo.
Para ello, ha solicitado que se lleven a cabo varias reformas legales que permitan dicha compatibilidad. Así, es necesario modificar los artículos 194 y 198 y la disposición transitoria vigésimo sexta de la Ley General de la Seguridad Social.
Compatibilidad laboral de la incapacidad permanente
Las pensiones de incapacidad permanente tienen una finalidad clara, que es compensar la pérdida de ingresos que sufre un trabajador debido a una lesión o enfermedad, que reduce o anula su capacidad laboral.
En este sentido, la normativa de la Seguridad Social permitía la compatibilidad laboral de cualquier grado de incapacidad permanente con la realización de una determinada actividad laboral. Eso sí, la compatibilidad laboral siempre queda determinada por el grado de incapacidad y la nueva situación del trabajador.
Sin embargo, el Tribunal Supremo cambió la doctrina en abril de 2024 con una particular sentencia judicial. Así, se trata de una sentencia que ha provocado importantes cambios con respecto a la compatibilidad laboral de las pensiones de incapacidad permanente.
De este modo, es conveniente recordar que dice la Seguridad Social respecto a cada grado de incapacidad permanente con la compatibilidad laboral:
- Incapacidad permanente total: Se considera que el trabajador se encuentra inhabilitado para su puesto de empleo habitual, aunque la pensión es compatible con otras actividades que no entren en conflicto con las limitaciones que ocasionaron la incapacidad laboral del trabajador.
- Incapacidad permanente absoluta: Se considera que el trabajador se encuentra inhabilitado para cualquier profesión u oficio.
- Gran Invalidez: Se considera que el trabajador se encuentra inhabilitado para cualquier profesión u oficio.
Con todo ello, desde el 2008 hasta el mes de abril de 2024, la jurisprudencia defendía que el derecho al trabajo no puede negarse a aquellas personas que se encuentran en situación de incapacidad permanente. Especialmente, a aquellas personas con una incapacidad permanente absoluta o Gran Invalidez.
El Supremo cambió la doctrina sobre incapacidad permanente
Tal y como hemos comentado anteriormente, los magistrados de la Sala Cuarta del Tribunal Supremo contradijeron esta tesis en el mes de abril de 2024. Así, alegaron que la compatibilidad de la incapacidad permanente suele puede darse «en aquellos trabajos de tipo marginal e intrascendente, en el sentido de ser de mínima significación y relieve».
Por tanto, se ha modificado la posibilidad de la compatibilidad laboral con la incapacidad permanente absoluta y la Gran Invalidez, por lo que ha generado un perjuicio en miles de personas en toda España.
Ante ello, Sumar solicita al Gobierno un cambio en la regulación vigente en relación a la incapacidad permanente absoluta y la Gran Invalidez con la compatibilidad laboral.
Para ello, desde Sumar se basan en la recomendación número 18 del Pacto de Toledo. En concreto, esta recomendación encomienda a la Seguridad Social la tarea de «contribuir a que las personas con discapacidad puedan ejercer de forma efectiva sus derechos de ciudadanía y, de esta forma, garantizar su plena inclusión y participación sociales».
Hay que recordar que el pasado mes de julio de 2024, el Gobierno de España eliminó el despido automático tras la concesión de una incapacidad permanente. Ahora, desde Sumar también reclaman al Ejecutivo Central que se recupere la compatibilidad laboral para las pensiones de incapacidad permanente absoluta y para la Gran Invalidez.