Las personas beneficiarias del Ingreso Mínimo Vital (IMV) pueden cobrar hasta 256 euros mensuales adicionales por su prestación. Se trata de un complemento habilitado por la Seguridad Social para esta prestación con carácter protector para los ciudadanos.
En este sentido, la Seguridad Social define el Ingreso Mínimo Vital como «una prestación dirigida a prevenir el riesgo de pobreza y exclusión social de las personas que viven solas o están integradas en una unidad de convivencia y carecen de recursos económicos básicos para cubrir sus necesidades básicas».
Ayuda de 256 euros mensuales de la Seguridad Social
La Seguridad Social ofrece unas cuantías garantizadas para las personas beneficiarias del Ingreso Mínimo Vital (IMV). Además, también es posible cobrar ciertos complementos adicionales en caso de que las unidades de convivencia cumplan unas condiciones específicas.
Hay que recordar que la prestación del Ingreso Mínimo Vital se puede percibir como beneficiario individual o como miembro de una unidad de convivencia. En este sentido, la cuantía de dicha prestación depende del número de personas beneficiarias dentro de la propia unidad de convivencia.
Una de las ayudas adicionales que se puede recibir es el complemento por monoparentalidad. Como su mismo nombre indica, está destinado a las unidades de convivencia monoparentales y beneficiarias del Ingreso Mínimo Vital.
El complemento por monoparentalidad tiene un importe equivalente al 22% de la Renta Básica Garantizada vigente (7.250,60 euros anuales). Es decir, dicho complemento presenta una cuantía de 1.595,13 euros al año y 132,92 euros al mes (12 pagas).
Por otra parte, el complemento por discapacidad de la Seguridad Social está destinado a las unidades de convivencia en la que algunos de sus miembros tenga reconocida una discapacidad igual o superior al 65%. Ese complemento del IMV también tiene un importe equivalente al 22% de la Renta Básica Garantizada.
Así, ambos complementos del Ingreso Mínimo Vital son compatibles entre sí, Por tanto, aquellas unidades de convivencia perceptoras del Ingreso Mínimo Vital y con derecho a recibir estos dos complementos, pueden cobrar una ayuda adicional de 265 euros al mes por parte de la Seguridad Social.
Subida del Ingreso Mínimo Vital en 2025
Las cuantías garantizadas del Ingreso Mínimo Vital aumentarán a partir de enero de 2025, debido a que se encuentran vinculadas a las cuantías de las pensiones no contributivas del IMSERSO (Instituto de Mayores y Servicios Sociales).
En este sentido, las pensiones no contributivas se revalorizarán en torno a un 14% en 2025. Dicha revalorización también se aplicará en las cuantías del Ingreso Mínimo Vital. Por tanto, supone una buena noticia para las personas perceptoras de esta prestación económica de la Seguridad Social.
Además, hay que recordar que las personas beneficiarias del Ingreso Mínimo Vital también pueden percibir el Complemento de Ayuda a la Infancia (CAPI). Este complemento está destinado a beneficiarios del IMV que convivan con menores a cargo. La cuantía depende de la edad de los menores:
- Importe de 115 euros al mes por cada hijo menor entre 0 y 3 años.
- Cuantía de 80,5 euros al mes por cada hijo entre 3 y 6 años de edad.
- Importe de 57,5 euros al mes por cada hijo entre 6 y 18 años de edad.
Aún es pronto para saberlo, pero es probable que la Seguridad Social también actualice las cuantías a cobrar por el Complemento de Ayuda a la Infancia en 2025. Eso sí, el aumento de las cuantías garantizadas del IMV también conlleva un incremento sobre el importe a recibir por los complementos de monoparentalidad y discapacidad.