El envío de la Declaración de la Renta no es solo para aquellas personas que estén en edad laboral activa. Sino que los jubilados que estén cobrando una pensión también están obligados a tributar a la Agencia Tributaria. En este caso, estas personas cuentan con diferentes tramos de IRPF que van a limitar sus retenciones en relación a su situación personal y la cuantía que estén recibiendo.
La nueva campaña de la Declaración de la Renta 2022 se inicia el próximo día 6 de abril. Y se puede formalizar desde distintas vías: por medio online, de forma telefónica o presencial.
En este sentido, desde la Agencia Tributaria informan que el 30 de junio finaliza el plazo para presentar declaraciones de la renta en cualquier formato. Por ello, merece la pena estar atento a todos los períodos y las fechas que están disponibles para enviar la declaración.
Así, cuando se acerca la fecha de tributar a Hacienda, los contribuyentes comienzan a hacerse muchas preguntas acerca de si realmente están obligados a declarar. En este caso, vamos a hablar de cuál es el IRPF que corresponde a las personas jubiladas.
La retención de IRPF va a depender de la cuantía de la pensión y la situación personal
Y es que sin duda este es uno de los trámites anuales más importantes para las personas que tributan a Hacienda. Ya que tienen la posibilidad de recibir una parte del dinero que la Agencia Tributaria les puede retener de sus ingresos.
Así, los trabajadores que se han jubilado no están exentos de realizar este envío de la declaración de forma anual. Ya que para Hacienda las pensiones se consideran rendimientos del trabajo.
Según se puede leer en la web especializada en prestaciones y economía www.eleconomista.es: «El sistema de retenciones mínimas corresponde a un esquema de tramos por los cuales el pensionista va tributando más conforme su pensión de jubilación es mayor».
Esto deja los tramos del IRPF de la siguiente manera para las personas que reciben la pensión de jubilación:
- Si recibes una pensión mínima de hasta 12.000€ anuales, la retención será inferior al 1%.
- Si recibes una pensión mínima entre 12.001€ y 18.000€, tendrás una retención mínima del 2,81%.
- Si recibes una cantidad comprendida entre los 18.001€ y los 24.000€ anuales, la retención que se impondrá será mínimo de 8,69%.
- Las cantidades comprendidas entre los 24.001€ y los 30.000€ anuales tendrán una retención mínima del 11,83%.
- Por último, si recibes una cuantía que supera los 30.000€ anuales Hacienda te retendrá como mínimo un 15,59% del total.
Sin embargo, la retención de IRPF también tendrá en cuenta la situación personal de la persona contribuyente. Es decir, según la edad, si tiene algún grado de discapacidad o su situación familiar.
Fechas clave en la presentación de la Declaración de la Renta 2022
La Agencia Tributaria ha puesto a disposición de los contribuyentes toda la información necesaria para que todo el mundo sepa cuándo debe presentar su declaración. Dependiendo del formato que cada ciudadanos elija.
Así, el calendario quedaría de la siguiente manera:
- 6 de abril: Primer día para realizar la Declaración de la Renta de forma online.
- 5 de mayo: En ese momento se podrán presentar declaraciones por teléfono.
- 1 de junio: Dicho día se abrirá el plazo para presentar la declaración de modo presencial.
- 30 de junio: Fin de la declaración. La Agencia Tributaria señala que en el caso de los contribuyentes con resultado a ingresar que quieran domiciliar el pago, podrán hacerlo hasta el 27 de junio.
Es muy importante que sepas toda la documentación que debes enviar junto con tu declaración. Ya que cualquier detalle puede ser vinculante para que consigas que la declaración te salga a devolver, o por el contrario tengas que pegar a Hacienda.