El pasado mes de junio, el Gobierno de España y los diferentes agentes sociales procedieron a aprobar el primer paquete de medidas correspondiente a la reforma de pensiones; las cuales comenzarán a tener vigencia progresivamente a partir del año 2022. Mantener el poder adquisitivo de la pensión es uno de los grandes objetivos del Ejecutivo.
La primera medida que se dejará notar será a partir del 1 de enero de 2022, cuando la revalorización de pensiones se lleve a cabo en función del IPC registrado en el año 2021. Hasta el momento, la revalorización se realizaba en España por decreto Ley.
Además, dentro del primer paquete de medidas de la reforma de pensiones encabezada por el ministro José Luis Escrivá, se incluyen una serie de medidas para las personas que se vean obligadas a la jubilación anticipada involuntaria en España en los próximos años.
En cualquier caso traemos buenas noticias. Y es que en la mayoría de situaciones en las que se produzca una jubilación anticipada involuntaria, la pensión se verá mejorada. Así, se incorporan nuevos supuestos hasta entonces no recogidos en la normativa.
Son medidas que debería contar con la aprobación parlamentaria antes del final del año 2021 y entrar en vigor reformando la ley General de la Seguridad Social.
Pensión de jubilación anticipada involuntaria
Se trata de una modalidad de jubilación que permite jubilarse en España hasta cuatro años antes de cumplir la edad ordinaria que corresponda a cada persona por jubilación. Si bien, esta fórmula se suele utilizar en aquellos trabajadores que han sido expulsados del mercado laboral, principalmente por despidos colectivos como EREs.
Además, en la normativa actual de jubilación anticipada involuntaria también se recogen otros supuestos que dan derecho a esta modalidad:
- Puede ocurrir en caso de extinción de la relación laboral entre empresa y trabajador por cuestiones de fuerza mayor.
- Por jubilación, fallecimiento o incapacidad del empresario; así como la extinción de la personalidad jurídica de la empresa.
- Trabajadores que se han visto obligados a abandonar el puesto de trabajo por causas de violencia de género.
Así, con la nueva reforma de pensiones se añadirán nuevos supuestos, aprobados por el Gobierno de España y agentes sociales:
- Traslados forzosos.
- Impagos por parte del empresario.
- Modificación sustancial de las condiciones de trabajo.
- Ineptitud sobrevenida, falta de adaptación a modificaciones técnicas.
Concretamente, las personas que se encuentren en una de estas situaciones se les ampliará el derecho a anticipar la jubilación por modalidad involuntaria y con un con un menor coeficiente reductor.
Nuevos coeficientes reductores
Una vez que la nueva reforma de pensiones entre en vigor, en la mayoría de casos de jubilación anticipada involuntaria disminuirán los conocidos como coeficientes reductores.
En este sentido, los coeficientes reductores en serán mensuales en la modalidad de pensión de jubilación anticipada; tanto si es voluntaria como no.
Se trata de un aspecto de mejoras respecto a la ley actual, donde los coeficientes reductores tienen un carácter trimestral. Esto penaliza más todavía a aquellas personas que se jubilan de forma anticipada antes del salto a un nuevo trimestre.
En definitiva, los nuevos coeficientes para la jubilación anticipada involuntaria oscilarán como máximo desde el 0,50% de reducción por mes si tienes 44 años y seis meses cotizados o más. El mínimo será de un 30% de reducción para aquellas personas que adelantes la jubilación cuatro años con un periodo de cotización inferior a 38 años y seis meses.