Las pensiones de incapacidad permanente son consideradas como rendimientos del trabajo por parte de Hacienda. Por tanto, los beneficiarios de este tipo de pensión deben presentar la Declaración de la Renta en el año 2024.
Sin embargo, no todos los pensionistas de incapacidad permanente están obligados a presentar la Declaración de la Renta, ya que existen algunas excepciones al respecto que se deben conocer.
Hay que recordar que una pensión de incapacidad permanente tiene como objetivo compensar la pérdida de ingresos que sufre un trabajador debido a una lesión o enfermedad que reduce o anula su capacidad laboral.
Pensionistas de incapacidad permanente exentos
Según recoge la normativa de la Seguridad Social, las personas que cobran una pensión de incapacidad permanente absoluta o pensión de Gran Invalidez están exentas de presentar la Declaración de la Renta. Se trata de los dos grados de invalidez más elevados que puede conceder la Seguridad Social.
En estos casos, los pensionistas están exentos de presentar la Declaración de la Renta en relación a los ingresos propios de la pensión. Si recibe otros ingresos, sí que tendría que presentar la Renta.
Para el resto de pensionistas de incapacidad permanente se aplica el mismo límite de ingresos que para el resto de ciudadanos en relación a la obligatoriedad para presentar la Declaración de la Renta.
Por tanto, para los pensionistas de incapacidad permanente con un único pagador, no estarían obligados a presentar la Declaración de la Renta en caso de que los ingresos sean inferiores a 22.000 euros.
Igualmente, de cara a la Campaña de la Renta 2023-2024, tampoco están obligados a presentar la Declaración de la Renta las personas que reciben sus ingresos de dos pagadores con unas rentas anuales inferiores a 15.000 euros. Eso sí, siempre que los ingresos procedentes del segundo pagador y sucesivos sea superior a 1.500 euros.
Declaración de la Renta en el año 2024
Desde Hacienda ya han informado sobre la fecha en la que comienza la Campaña de la Renta en el año 2024. En concreto, los contribuyentes podrán presentar la Declaración de la Renta desde el 3 de abril hasta el 1 de julio de 2024.
Así, hay que precisar que la Declaración de la Renta a presentar en el año 2024 se corresponde con el ejercicio fiscal del año 2023. Recuerda que los pensionistas de incapacidad permanente absoluta y Gran Invalidez no están obligados a presentar la Renta.
A partir del 3 de abril de 2024 se abre el plazo para que los contribuyentes puedan presentar la Declaración de la Renta de forma telemática. Actualmente, 9 de cada 10 personas realiza la declaración de forma online a través de la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria.
Por su parte, desde el 7 de mayo al 1 de julio de 2024, los ciudadanos que lo prefieran podrán presentar la Declaración de la Renta por teléfono. Para ello, es preciso obtener cita previa con Hacienda.
Igualmente, desde el 3 de junio al 1 de julio de 2024, los contribuyentes tendrán la oportunidad de presentar la Declaración de la Renta de manera presencial. En este caso, también es necesario obtener cita previa con la Agencia Tributaria.
En definitiva, si eres perceptor de una pensión de incapacidad permanente, es importante que tengas en cuenta las fechas claves de la Campaña de la Renta 2023-2024. Del mismo modo, recuerda los casos en los que los beneficiarios de una pensión de incapacidad permanente están exentos de presentar la Declaración de la Renta.