Después de terminar una etapa laboral y pasar al paro, los ciudadanos en España tienen la posibilidad de cobrar la prestación contributiva por desempleo del SEPE. Para ello, es esencial cumplir todos los requisitos básicos establecidos en la normativa.
Concretamente, uno de los requisitos básicos es haber cotizado al desempleo durante al menos 360 días. Las personas que pasan al paro con una cotización inferior pueden solicitar el conocido como subsidio por cotización insuficiente; también gestionado por el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE).
Además de estar en situación de desempleo y cumplir los requisitos exigidos para cobrar la prestación contributiva del paro, es importante que el cese de la actividad laboral se haya producido en unas condiciones determinadas.
Cese voluntario y prestación del paro
Muchas personas se preguntan si debido a un cese voluntario del trabajo también es posible acceder a la prestación contributiva por desempleo. Tenemos malas noticias, en este caso no es posible tener derecho a la prestación del paro, tal y como recuerdan los profesionales del SEPE.
Según recoge la normativa legal del SEPE: «Para poder cobrar una prestación por desempleo es necesario que la baja en el trabajo no se haya producido de forma voluntaria, pues el sistema de protección por desempleo protege a las personas trabajadoras que quieren y pueden trabajar, pero carecen de empleo».
La frase clave que define la norma es la protección a personas trabajadoras que pasan al paro aún queriendo y pudiendo trabajar. Evidentemente, si una persona ejerce el derecho a la baja voluntaria del contrato laboral, no cumple dicha condición.
Aclaración del SEPE
Además, desde el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) aclaran otras posibles situaciones que pueden darse en relación al cese voluntario y la posibilidad de percibir la prestación contributiva por desempleo.
Supongamos que el trabajador que causa baja de forma voluntaria en su trabajo comienza a desarrollar una nueva actividad laboral en otra empresa y le cesan al no superar un periodo de pruebas previo. Si no han transcurrido más de tres meses desde el cese voluntario de la empresa anterior, tampoco tendría derecho a cobrar el paro.
Sin embargo, desde el SEPE explican que «si se incorpora de nuevo a otro puesto de trabajo y este contrato finaliza por no superar el periodo de prueba por decisión de la empresa, pero han transcurrido más de tres meses desde la baja voluntaria, sí tendrá derecho a una prestación por desempleo, siempre que reúna el resto de requisitos».
En cualquier caso, los profesionales de este organismo público argumentan que normalmente se suele realizar un análisis concreto de cada situación. Este análisis se realiza para establecer la presunción de fraude de ley en la última contratación, por si la intención es acceder a la prestación por desempleo de manera inadecuada.
En definitiva, la prestación contributiva por desempleo es una prestación del SEPE dirigida a personas que aun queriendo y pudiendo trabajar se encuentran en situación de desempleo, después del cese laboral de forma involuntaria.