La nueva Ley de Empleo, publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE), de 28 de febrero de 2023, incorpora una serie de novedades con beneficios para las personas con discapacidad y las personas que tienen reconocida una pensión de incapacidad permanente. Así, se añaden nuevos derechos a las personas beneficiarias de una pensión de incapacidad permanente.
Además, la nueva Ley de Empleo también incorpora novedades respecto a la inembargabilidad de las pensiones en relación al límite del Salario Mínimo Interprofesional (SMI). Igualmente, se recoge una medida por la que el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) se transformará en Agencia Española de Empleo.
Nuevos derechos para la incapacidad permanente
Esta nueva Ley de Empleo recoge nuevamente la asimilación del 33% de discapacidad de forma automática a las personas a las que se les reconozca una pensión de incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez.
Las personas con una incapacidad permanente podrán solicitar un certificado de discapacidad en un porcentaje mayor pero, como mínimo, tendrán de manera automática un porcentaje del 33%; especialmente en lo referente al acceso al empleo. Este es el nuevo derecho adquirido por las personas beneficiarias de una pensión contributiva de incapacidad permanente.
Desde ‘CampmanyAbogados‘ explican que «a todos los efectos, tendrán la consideración de personas con discapacidad aquellas a quienes se les haya reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33%».
Del mismo modo, añaden que «se considerará que presentan una discapacidad en grado igual o superior al 33% los pensionistas de la Seguridad Social que tengan reconocida una pensión de incapacidad permanente en el grado de total, absoluta o gran invalidez, y a los pensionistas de clases pasivas que tengan reconocida una pensión de jubilación o de retiro por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad».
Asimilación con la discapacidad del 33%
En cualquier caso, es necesario aclarar que el 33% de discapacidad reconocido a los beneficiarios de incapacidad permanente se concede a «efectos de esta ley». Esto quiere decir que no se equipara al grado de discapacidad expedido por los servicios sociales. Está orientado, principalmente, para el acceso al empleo de las personas beneficiarias de una pensión de incapacidad.
Hay que tener en cuenta que el Artículo 35 de la Ley de Empleo se basa en las garantías del derecho al trabajo. Así, este artículo establece que «las personas con discapacidad tienen derecho al trabajo, en condiciones que garanticen la aplicación de los principios de igualdad de trato y no discriminación».
Con la nueva Ley de Empleo, las personas con incapacidad permanente también tendrán la consideración de persona con discapacidad en cuanto a su acceso al empleo. Hay que recordar que la incapacidad permanente se reconoce a personas que presentan limitaciones para desarrollar su profesión habitual o todo tipo de actividades laborales.
Es decir, toda la legislación vigente aplicada a las personas con discapacidad en relación al empleo se podrá asimilar del mismo modo a las personas con una pensión de incapacidad permanente reconocida por parte del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), desde el 1 de marzo de 2023.