El Gobierno de España ha introducido en los Presupuestos Generales del Estado (PGE) una subida del 3% para las cuantías del Ingreso Mínimo Vital (IMV) en este año 2022. Por este motivo, el importe a recibir ya será mayor con respecto al año anterior.
Además, también se ha aprobado el conocido como complemento a la infancia, que está destinado a las personas beneficiarias del Ingreso Mínimo Vital y familias en situación de vulnerabilidad económica, aunque no sean beneficiarias del IMV.
Desde la Seguridad Social recuerdan que el Ingreso Mínimo Vital es «una prestación dirigida a prevenir el riesgo de pobreza y exclusión social de las personas que viven solas o están integradas en una unidad de convivencia y carecen de recursos económicos básicos para cubrir sus necesidades básicas».
Cuantías del Ingreso Mínimo Vital en 2022
La subida del Ingreso Mínimo Vital en 2022 en un 3% se aplicará en todas las modalidades de beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital. Y es que la cuantía depende de la conformación de la unidad de convivencia.
Así, en la siguiente foto podrás observar como quedan las cuantías de rentas garantizadas en función de la unidad familiar para los beneficiarios de la prestación del Ingreso Mínimo Vital en el año 2022.
De igual modo, es necesario añadir que en la segunda mitad de enero de 2022 los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital han percibido una paga compensatoria (1,6%) por la revalorización de las pensiones correspondientes al año 2021, que fue inferior al IPC registrado ese año.
Un complemento económico al IMV
Además de las rentas garantizadas en cada caso, los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital pueden recibir un plus económico debido al recién aprobado complemento a la infancia.
Este complemento a la infancia tiene carácter mensual y nace con el objetivo de reducir el riesgo de pobreza infantil entre la población española.
Como hemos adelantado previamente, este complemento a la infancia está habilitado para personas beneficiarias del Ingreso Mínimo Vital y personas que cumplan ciertos requisitos de carencias de rentas, aunque no perciban la prestación del IMV.
El importe económico a recibir por este complemento a la infancia depende de la edad y el número de menores dentro de la unidad de convivencia. Así, estas son las diferentes cuantías que se pueden añadir mensualmente a los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital.
- Cuantía mensual de 100 euros por cada hijo menor de tres años.
- Cuantía mensual de 70 eros por cada hijo entre tres y seis años de edad.
- Importe mensual de 50 euros por cada hijo entre seis años y 18 años.
Uno de los aspectos positivos de este complemento a la infancia es que no es necesario solicitar esta ayuda a la Seguridad Social; ya que este organismo la concederá de oficio a todas las personas que cumplan los requisitos oportunos.
En concreto, la Seguridad Social concederá el complemento a la infancia a los actuales beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital; solicitante del IMV que tengan el expediente en trámite y a aquellos beneficiarios de la prestación de protección familiar que cumplan los requisitos específicos.