Si no has notado nada diferente en tu nómina de febrero, deberás estar atento porque a buen seguro, lo notes en la que recibirás en marzo. Y es que debido a las últimas medidas llevadas a cabo por el Gobierno de España, es posible que algunos de los datos de tu nómina hayan cambiado o vayan a cambiar. Así que además de al importe final que recibes, que es en lo que solemos fijarnos, es conveniente que compruebes todos los datos, pues puede darse la circunstancias incluso de que estés perdiendo dinero.
Pero, ¿Cuáles son los cambios que puedes notar en tu nómina? En primer lugar, la cuantía recibida. Cabe recordar, que el pasado 6 de febrero, el Gobierno de España aprobó la subida del Salario Mínimo Interprofesional (SMI). Esto significa, que las personas que cobraran en base a este criterio, han debido ver aumentado su salario. Concretamente, el SMI estaba establecido en los 1.080 euros brutos al mes repartidos en 14 pagas, y ha pasado a ser de 1.134 euros al mes contando con el mismo número de pagas.
Al mismo tiempo, y para que algunos trabajadores no se viesen perjudicados, se aprobaron medidas específicas que afectan a las rentas de menos de 22.000 euros brutos anuales. Por tanto, el Ejecutivo lo que ha hecho es primero aumentar el mínimo exento del IRPF hasta los 15.876 euros, cuantía a la que a la vez se ha subido el Salario Mínimo Interprofesional (SMI). Esta medida conjunta, se ha llevado a cabo con el fin de garantizar que las personas que reciben este salario, no tengan que pagar este impuesto. Pues de no ser así, se habría aumentado el sueldo pero también el importe de impuestos a pagar.
Así se va a ver afectada tu nómina
La mayoría de los trabajadores ya han debido notar los cambios de estas modificaciones en su nómina de febrero, pero deben seguir notándola en adelante. Al menos, la disminución en la retención del IRPF en las personas que ganan menos de 22.000 euros debe haberse reflejado ya. Sin embargo, de no haber detectado el aumento del importe de la nómina, esta puede que llegue en marzo. Tanto es así, que si aún no se ha recibido, es probable que se reciba más cantidad de la esperada, pues hay que recordar, que esta ley se instauró con carácter retroactivo desde el 1 de enero de 2024.

Cabe señalar, que la aplicación de estas nuevas medidas conllevan cambios en la forma en la que hasta ahora las empresas calculaban las retenciones del IRPF de sus empleados. Pues si hasta la aprobación de la modificación el pasado 6 de febrero, la ley establecía el tipo de retención o ingreso a cuenta sobre los rendimientos del trabajo pagados hasta esa fecha, en adelante, deben ser consideradas las nuevas cuantías aprobadas en el Real Decreto para llevar a cabo dichos cálculos. En este sentido, uno de los puntos fundamentales es que esta reducción en las retenciones del IRPF, es únicamente para las rentas por debajo de los 22.000 euros brutos al año. De lo contrario, no se especificarán cambios.
Nuevos tramos para la declaración del IRPF
Estos cambios que debes ver próximamente reflejados en tu nómina, también han tenido como consecuencia la modificación de los próximos tramos de retención de IRPF en la declaración de la Renta. De este modo, estos han quedado establecidos de la siguiente manera, y pueden consultarse en el Boletín oficial del Estado (BOE):