El próximo 3 de abril de 2024 arranca la Campaña de la Renta 2023-2024. Así, es importante que los contribuyentes no pasen por alto una serie de elementos a la hora de presentar la Declaración de la Renta.
Desde el 3 de abril al 1 de julio de 2024, los contribuyentes en España podrán presentar la Declaración de la Renta. Dicha declaración se puede realizar a través de la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria, por vía telefónica o de manera presencial.
Hay que tener en cuenta que no todos los contribuyentes en España tienen la obligación de presentar la Declaración de la Renta en 2024, correspondiente al ejercicio fiscal del año 2023.
Novedades en la Declaración de la Renta 2023
De cara a la presentación de la Declaración de la Renta en el año 2024, correspondiente al ejercicio fiscal de 2023, es necesario conocer todas las novedades que se aplican. Es decir, aspectos que no se deben pasar por alto.
Para este año 2024 se ha elevado a 15.000 euros el mínimo exento para contribuyentes con dos pagadores, que perciban más de 1.500 euros a partir del segundo pagador. Anteriormente, este mínimo exento se situaba en 14.000 euros.
En el caso de los trabajadores autónomos, todos aquellos que hayan estado dados de alta en el RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos) estarán obligados a presentar la Declaración de la Renta en 2024. Esto se debe a la entrada en vigor en 2023 del nuevo sistema de cotización de autónomos.
Si el trabajador autónomo tributa por estimación directa simplificada, se produce un aumento del porcentaje sobre gastos de difícil justificación, pasando del 5% al 7%; con un límite de 2.000 euros.
Por otra parte, los expertos también destacan las asignaciones para gastos de locomoción y cantidades exceptuadas de gravamen. Para la próxima Declaración de la Renta, se sube de 0,19 euros a 0,26 euros por kilómetro recorrido.
Otras novedades clave
Para la presentación de la próxima Declaración de la Renta también se modifica la escala de gravamen del ahorro en el IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas).
Al respecto, se produce un cambio sobre las dos escalas que se utilizan en la parte correspondiente a la base liquidable del ahorro para establecer la cuota integra estatal y la cuota íntegra autonómica. En este sentido, se incorpora un nuevo tramo, con un 28% a partir de 300.000 euros de base liquidable.
Las obras de mejora de eficiencia energética para las viviendas merecen una mención destacada. Y es que los ciudadanos pueden obtener una deducción en la Declaración de la Renta al incluir una obra de este tipo durante el ejercicio fiscal de 2023. Así, se amplía el plazo hasta el cual pueden realizarse dichas obras de mejora de eficiencia energética.
Finalmente, es necesario recordar que se han añadido dos nuevas deducciones por la adquisición de vehículos eléctricos enchufables y de pila de combustible. Así, las personas que hayan adquirido un vehículo de estas características en 2023, podrán acceder a una importante deducción en su Declaración de la Renta.
Para solventar dudas de cara a la próxima Campaña de la Renta, el Colegio de Gestores Administrativos de Málaga ha elaborado un decálogo con las principales novedades que se aplican de cara a la presentación de la Declaración de la Renta. Novedades que no deben pasar por alto todos aquellos contribuyentes que tengan la obligación de presentar la Declaración del IRPF en el año 2024.