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¿Qué pasos debo seguir para calcular mi retención de IRPF si tengo otros ingresos además de mi salario?

La retención que la Agencia Tributaria ejerce sobre los salarios de los trabajadores varía en función de los ingresos en nómina de cada contribuyente

Álvaro Gutiérrez del Álamo López Álvaro Gutiérrez del Álamo López
03/03/2025 08:34 - Actualizado 30/05/2025 22:36
Prestaciones
¿Qué pasos debo seguir para calcular mi retención de IRPF si tengo otros ingresos además de mi salario?

Pasos para calcular el IRPF en nómina con otros ingresos además del salario

La Declaración de la Renta ya se encuentra próxima en el calendario. El Ministerio de Hacienda, órgano competente en gestionar esta materia, ha confirmado que el próximo día 2 de abril dará comienzo la campaña, cuando millones de contribuyentes deberán presentar los ingresos obtenidos en el ejercicio fiscal anterior y tributar el conocido Impuesto Sobre la Renta de Personas Físicas (IRPF).

De esta forma, la retención que la Agencia Tributaria ejerce sobre los salarios de los trabajadores varía en función de los ingresos en nómina, por lo que es gradualmente diferente entre los propios contribuyentes. En este sentido, a partir de este 2025, no estarán obligados a presentar la declaración de Renta aquellos contribuyentes con ingresos de hasta 22.000 euros que tengan más de un pagador siempre que la suma de las rentas del segundo o restantes pagadores no superen los 2.500 euros, un cifra que hasta ahora se situaba en 1.500 euros.

Cómo afecta un segundo pagador al IRPF

Desde el Ministerio de Hacienda se han establecido nuevos límites para los trabajadores que tengan dos pagadores de cara a hacer la próxima declaración de la Renta en España. Hacienda ha elevado de 1.500 a 2.500 euros la cuantía total de los rendimientos íntegros del trabajo procedentes del segundo y restantes pagadores que obligan a presentar a presentar el documento del IRPF a la Agencia Tributaria, un proceso que se inicia el próximo 2 de abril.

De esta forma, entre los ingresos que cuenta con un pagador más en el IRPF figuran el paro y los subsidios por desempleo, que también tienen que incluirse en la renta. Lo mismo ocurre con la Renta Mínima de Inserción y el Ingreso Mínimo Vital, a pesar de los esfuerzos del Ministerio de Trabajo. Además, el hecho de percibir este último hace que estés obligado a hacer la renta, aunque este ingreso está exento de tributar.

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Finalmente, se concluye que para calcular el porcentaje de retención de IRPF, tanto las empresas como el paro e incluso la Seguridad Social con las pensiones, tienen en cuenta el dinero que pagan a los beneficiarios, no el total de los ingresos. Como el IRPF es un impuesto que funciona de forma progresiva y con diferentes tramos, cuando más cobres, más pagarás y más te retendrán.

Tramos IRPF en 2025

Los tramos del IRPF, como establece la Agencia Tributaria, se utilizan para calcular cuánto debe pagar cada contribuyente. Se trata de un sistema progresivo y equitativo; es decir, medida que los ingresos anuales aumentan, el porcentaje aplicado también crece. Por tanto, también cabe destacar que el porcentaje progresivo se aplica por franjas de ingreso, no sobre la renta total anual.

Así, en la primera nómina del año se deberá prestar especial atención a posibles subidas de sueldo ligadas al Índice de Precios de Consumo, nuevos impuestos y retenciones. En el caso del IPC, este impuesto grava de forma progresiva los ingresos obtenidos por las personas físicas durante un año fiscal, según los tramos establecidos por la legislación. Por tanto, atendiendo a este proceso, así quedarían los tramos de IRPF en función de los ingresos obtenidos durante el año fiscal:

  • Desde 0 a 12.450 euros: 9,5% (Tipo estatal), 9,5% (Tipo autonómico), Total 19%.
  • Desde 12.450 a 20.200 euros: 12% (Tipo estatal), 12% (Tipo autonómico), Total 24%.
  • Desde 20.200 a 35.200 euros: 15% (Tipo estatal), 15% (Tipo autonómico), Total 30%.
  • Desde 35.200 a 60.000 euros: 18,5% (Tipo estatal), 18,5% (Tipo autonómico), Total 37%.
  • Desde 60.000 a 300.000 euros: 22,5% (Tipo estatal), 22,5% (Tipo autonómico), Total 45%.
  • Más de 300.000 euros: 24,5% (Tipo estatal), 22,5% (Tipo autonómico), Total 47%.
¿Qué pasos debo seguir para calcular mi retención de IRPF si tengo otros ingresos además de mi salario?
Álvaro Gutiérrez del Álamo López
Sobre el autor ▼
Graduado en Comunicación y Relaciones Públicas por la Universidad EADE Málaga, además de ostentar un Máster Oficial de Comunicación e Identidad Corporativa por la Universidad Internacional de La Rioja. Amplia trayectoria en medios de comunicación como El Español y gabinetes de prensa, donde he desempeñado labores de relación con públicos internos y externos -stakeholders-, redacción de contenidos y análisis de intangibles empresariales, entre otras. La planificación de medios y la definición de estrategias son los pilares de un correcto plan de comunicación, por lo que decidí formarme en el sector institucional, corporativo y empresarial, desarrollando acciones para lograr los objetivos marcados por la empresa. Actualmente trabajo como redactor de contenidos en Tododisca, especialmente en las sección de prestaciones y sociedad.
Temas: Declaración de la RentaEspañaHaciendaIRPF
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