Cuando hablamos de una pensión no contributiva, debemos de tener en cuenta que existen de dos tipos, de invalidez y de jubilación. Debemos de tener en cuenta que esta prestación es gestionada por el Instituto de Mayores y Servicios Sociales, conocido como IMSERSO. Aunque es popular por su Programa de Turismo, esta organismo público también se encarga de la gestión de las pensiones no contributivas, del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia (SAAD), o de las personas con discapacidad.
Como es obvio, las personas que reciben la pensión no contributiva, ya sea de un tipo u de otro, deben de tener en cuenta que tienen que cumplir una serie de requisitos para poder optar a estas prestaciones. Pero con estos requisitos tienen efecto boomerang. Es decir, se deben de cumplir para poder recibir la ayuda y mientras esta se recibe se deben de seguir cumpliendo, ya que en caso contrario, se dejaría de recibir la prestación.
Requisitos para recibir la pensión no contributiva de invalidez
Desde el IMSERSO señalan que la pensión no contributiva de invalidez es aquella prestación que «asegura a todos los ciudadanos en situación de invalidez y en estado de necesidad una prestación económica, asistencia médico-farmacéutica gratuita y servicios sociales complementarios, aunque no se haya cotizado o se haya hecho de forma insuficiente para tener derecho a una pensión contributiva».
Para recibir esta ayuda, la persona interesada debe de cumplir con los siguientes requisitos:
- Tener 18 o más años y menos de 65
- Residir en territorio español y haberlo hecho durante un período de cinco años, de los cuales dos han de ser consecutivos e inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud
- Tener un grado de discapacidad igual o superior al 65%
A todo lo citado con anterioridad hay que sumarle que existe carencia cuando las rentas o ingresos personales de que se disponga, en cómputo anual, para 2024, sean inferiores a 7.250,60 € anuales. No obstante, si son inferiores a 7.250,60 € anuales y se convive con familiares, únicamente se cumple el requisito cuando la suma de las rentas o ingresos anuales de todos los miembros de su unidad económica de convivencia, sean inferiores a las cuantías que se recogen más adelante.
Motivos por lo que se puede perder la pensión no contributiva de invalidez
Como hemos indicado con anterioridad, una persona que recibe una pensión no contributiva de invalidez puede perderla en el caso en el que no cumpla con los requisitos establecidos por la institución gestora. Es decir, si una persona cumple 65 años, perderá y dejará de recibir la prestación. El otro motivo para perder la prestación, que es el principal con la que se encuentran las personas es superar el limite de ingresos para percibir la prestación. Es decir, si una persona supera dicha cifra que ha sido marcada por el IMSERSO, automáticamente dejará de percibir la pensión.
Debemos de tener en cuenta que las personas que reciben esta prestación deben de realizar cada año una declaración anual de rentas o ingresos, que es remitido por el órgano competente de la gestión de estas pensiones en función de su domicilio al pensionista, y que está obligado a presentarlo cumplimentado en el primer trimestre del año.
El incumplimiento de la obligación de presentar la declaración anual en el plazo indicado da lugar a la suspensión del pago de la pensión. La rehabilitación del pago únicamente se producirá cuando se presente la declaración anual y se acredite que continúa reuniendo los requisitos legalmente establecidos para mantener del derecho a la pensión de invalidez, con una retroactividad máxima de noventa días naturales a contar desde la fecha en que se presente la declaración y se acredite que reúne todos los requisitos exigidos