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Así puedes pedir la pensión de 525 euros del IMSERSO: requisitos a cumplir

El IMSERSO ofrece la opción a las personas que reciben la pensión no contributiva de recibir una ayuda de 525 euros

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Manuel Ruiz Berdejo López
10/05/2025 22:00
Discapacidad
El IMSERSO te regala 525 euros por la cara en 2025

El IMSERSO te regala 525 euros por la cara en 2025

Cualquier persona mayor de 18 años que cumpla con una serie de requisitos podrá acceder a una ayuda económica que ofrece el IMSERSO (Instituto de Mayores y Servicios Sociales). En este sentido, ofrece la opción de que las personas pueden recibir 525 euros una vez que realicen la solicitud de complemento para titulares de pensión no contributiva que residan en una vivienda alquilada.

En este artículo vamos a destacar cuales son los requisitos que debe de cumplir una persona para poder acceder a esta ayuda económica.

El IMSERSO te regala 525 euros por la cara en 2025

Desde el IMSERSO aseguran que se podrán beneficiar de este complemento las personas que reúnan, a la fecha de la solicitud, los siguientes requisitos:

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  • Tener reconocida una pensión de jubilación o invalidez de la Seguridad Social en su modalidad no contributiva, en la fecha de la solicitud y en la de resolución.
  • Carecer de vivienda en propiedad.
  • Ser titular del contrato de arrendamiento de la vivienda.
  • No tener con el arrendador de la vivienda alquilada relación conyugal o de parentesco hasta el tercer grado ni constituir con aquél una unión estable y de convivencia con análoga relación de afectividad a la conyugal.
  • Tener fijada su residencia, como domicilio habitual, en una vivienda alquilada. Se entenderá que es el domicilio habitual cuando la vigencia del arrendamiento no sea inferior a un año y haya residido en la misma durante un período mínimo de 180 días anteriores a la fecha de la solicitud.

Si en la misma vivienda alquilada conviven dos o más personas que tuvieran reconocida una pensión no contributiva, solo tendrá derecho a este complemento aquel que sea el titular del contrato de arrendamiento o, de ser varios, el primero de ellos.

Las personas interesadas en recibir este complemento deben de dirigir la solicitud de este complemento a los órganos competentes de las respectivas Comunidades Autónomas, Diputaciones Forales del País Vasco y Navarra, y Direcciones Territoriales del IMSERSO de Ceuta y Melilla, que tienen atribuida la competencia para la gestión de las pensiones no contributivas de la Seguridad Social.

La cuantía anual de este complemento para 2025 es de 525 euros y el plazo para presentar la solicitud finaliza el próximo 31 de diciembre.

¿Cómo recibir una pensión no contributiva en 2025?

Uno de los requisitos para recibir el complemento es tener reconocida una pensión no contributiva de jubilación o invalidez, por lo que a continuación vamos a mostrar cuales son los requisitos para recibir una pensión no contributiva.

En primer lugar para la pensión no contributiva de jubilación, los requisitos que se deben de cumplir, según recuerda el IMSERSO, son los siguientes:

  • Edad: tener sesenta y cinco o más años.
  • Residencia: residir en territorio español y haberlo hecho durante un período de diez años, en el período que media entre la fecha de cumplimiento de los dieciséis años y la de devengo de la pensión, de los cuales dos han de ser consecutivos e inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud.
  • Carecer de ingresos suficientes: Existe carencia cuando las rentas o ingresos personales de que se disponga, en cómputo anual para 2025, sean inferiores a 7.905,80 euros anuales.

Por otro lado, la pensión no contributiva de invalidez, dirigida a personas con discapacidad, señala que las personas que vayan a recibir esta ayuda deben de cumplir estas exigencias:

  • Edad: Tener dieciocho o más años y menos de sesenta y cinco en la fecha de la solicitud.
  • Residencia: Residir en territorio español y haberlo hecho durante un período de cinco años, de los cuales dos han de ser consecutivos e inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud.
  • Discapacidad: Estar afectado de un grado de discapacidad igual o superior al 65%.
  • Carecer de ingresos suficientes: Existe carencia cuando las rentas o ingresos personales de que se disponga, en cómputo anual, para 2025, sean inferiores a 7.905,80 euros anuales.

Para más información sobre estas prestaciones puedes acceder a la web oficial del IMSERSO.

Temas: DiscapacidadesImsersoPensión
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