Si hablamos de las pensiones no contributivas, hablamos de una prestaciones que gestiona el Instituto de Mayores y Servicios Sociales, conocido como IMSERSO. Existe dos tipos de pensiones no contributivas, destacando la de jubilación y la de invalidez. Las personas que cumplan con los requisitos podrán acceder a esta prestación que tuvo un incremento de su cuantía del 15% en 2023, tal y como recogía los Presupuestos Generales del Estado.
De esta manera, las personas que reciben una pensión no contributiva han visto como su cuantía ha aumentado tras la revalorización de las pensiones del sistema de la Seguridad Social, de las pensiones de Clases Pasivas y de otras prestaciones sociales públicas para el ejercicio 2023.
Dentro de las ayudas que recoge el IMSERSO, podemos encontrar el complemento para titulares de pensión no contributiva que residan en una vivienda alquilada. En primer lugar, las personas deberán de cumplir una serie de los requisitos que exige la organización, como son:
- Tener una pensión no contributiva, sea de invalidez o jubilación
- Carecer de vivienda
- Ser el titular del contrato de arrendamiento de la vivienda
- Tener fijada su residencia, como domicilio habitual, en la vivienda alquilada
La cuantía anual del complemento asciende a 525 euros, que es una manera de incrementar la cuantía de la pensión no contributiva.
La pensión no contributiva de jubilación no cuenta con ninguna opción de incrementar su cuantía más allá del complemento para vivienda alquilada que hemos mencionado. En este caso, la cuantía de esta prestación es de 6.784,54 euros anuales. Esta cantidad se deben abonar en 14 pagas, repartidas en 12 mensualidades más dos pagas extraordinarias al año de 484,61 euros.
Por otro lado, la pensión no contributiva de invalidez si cuenta con un complemento para incrementar su cuantía que vamos a ver a continuación.
ASÍ PUEDES AUMENTAR LA CUANTÍA DE TU PENSIÓN NO CONTRIBUTIVA DE INVALIDEZ
La web del IMSERSO señala que la cuantía para las las pensiones no contributivas de invalidez en 2023 se fijó en 6.784,54 euros anuales, que se deben de abonar en 14 pagas repartidas en 12 mensualidades más dos pagas extraordinarias al año de 484,61 euros.
Dicha cuantía se puede abonar en caso de que el pensionista que va a recibir esta prestación de invalidez tenga un grado de discapacidad sea igual o superior al 75% y acrediten la necesidad del concurso de otra persona para realizar los actos esenciales de la vida, va a recibir la pensión y un complemento del 50% de los 6.784,54 € anuales. Por lo que el importe de ese complemento queda fijado en 3.392,27 € anuales.
En total, el IMSERSO informa de que estas personas recibirán por la pensión no contributiva de invalidez 10.176,81 euros al año. Esta cantidad se debe abonar en 14 pagas, repartidas en 12 mensualidades más dos pagas extraordinarias al año de 726,92 euros.
Debemos de recordar, que tanto la cuantía de la pensión no contributiva de invalidez como la de jubilación nunca puede ser inferior a la mínima del 25% de la establecida. Esta cantidad sería de 1.696,14 euros anuales, que se deben abonar en 14 pagas, repartidas en 12 mensualidades más dos pagas extraordinarias al año de 121,15 euros.