El Instituto de Mayores y Servicios Sociales (IMSERSO) es el órgano que se encarga de la gestión de las pensiones no contributivas, que pueden ser de jubilación o de invalidez. Estas ayudas tienen una cuantía total de 6.784,54 euros al año para 2023.
La Seguridad Social define las pensiones no contributivas como aquellas «que se reconocen a aquellos ciudadanos que, encontrándose en situación de necesidad protegible, carezcan de recursos suficientes para su subsistencia en los términos legalmente establecidos, aun cuando no hayan cotizado nunca o el tiempo suficiente para alcanzar las prestaciones del nivel contributivo. Dentro de esta modalidad, se encuentran las pensiones de Invalidez y Jubilación».
Como hemos adelantado, la gestión de estas ayudas depende del del IMSERSO, que delega a su vez en los órganos competentes de cada Comunidad Autónoma, a excepción de las ciudades de Ceuta y Melilla, donde se encarga las direcciones provinciales de este instituto.
Cuantía económica de la pensión no contributiva de jubilación
En primer lugar debemos de tener en cuenta que el Consejo de Ministros aprobó en los Presupuestos Generales del Estado de 2023 una subida del 15% de las pensiones no contributivas. El importe anual de este tipo de pensión se fija en 6.784,54 euros anuales. Esta cantidad se paga en 12 cuotas mensuales, más dos pagas extras al año. Por tanto, el importe a recibir por cada pago es de 484,61 euros.
En el caso de la pensión no contributiva de jubilación, el IMSERSO destaca que la cuantía individual actualizada para cada pensionista se establece a partir del citado importe. Todo ello en función del número de beneficiarios que vivan en el mismo domicilio, de sus rentas personales y/o de las de su unidad económica de convivencia, no pudiendo ser la cuantía inferior a la mínima del 25% de la establecida. Si hablamos de la cuantía mínima, se pagan 1.696,14 euros al año, repartidos en 14 cuotas de 121,15 euros.
Además, señalan que cuando nos encontramos ante un hogar en el que más de una persona es beneficiaria de una pensión no contributiva, los importes individuales varían para cada individuo. Cuantos más convivientes, menor es la cantidad. Si conviven dos perceptores de este tipo de pensión, la cuantía será de 5.766,86 € anuales. Este se dividirá en 14 pagos de 411,92 EUR. Si hay tres personas con derecho a una pensión no contributiva, la cuantía es de 5.427,63 € anuales. En este caso se recibirán 14 pagos de 387,69€ cada uno.
Cuantía económica de la pensión no contributiva de invalidez
En el caso de la pensión no contributiva de invalidez, la cuantía también es de 6.784,54 euros anuales. Esta cantidad se paga en 12 cuotas mensuales, más dos pagas extras al año de 484,61 euros. Pero esta prestación cuenta con dos opciones diferentes. Por un lado, al igual que la de jubilación, con la mínima del 25% (1.696,14 euros al año).
Por otro lado, para las personas que reciben una pensión no contributiva de invalidez y su grado de discapacidad sea igual o superior al 75% y acrediten la necesidad del concurso de otra persona para realizar los actos esenciales de la vida, percibirán además un complemento del 50% de los 6.784,54 € anuales. El importe de este complemento queda fijado en 3.392,27 € anuales.
En total, estas personas tendrían una ayuda anual de 10.176,81 euros, que se debe abonar en 14 pagas, repartidas en 12 mensualidades más dos pagas extraordinarias al año de 726,92 euros.
Requisitos para obtener una pensión no contributiva del IMSERSO
Para obtener la pensión no contributiva de jubilación la persona interesada debe de tener en cuenta que su edad debe ser igual o superior a 65 años. Además, la persona que solicita la prestación debe residir legalmente en territorio español, y haberlo hecho durante 10 años, en el período que media entre la fecha de cumplimiento de los 16 años y la de solicitud de la pensión, de los que 2 han de ser consecutivos e inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud.
Por su parte, para que el IMSERSO conceda a una persona la pensión no contributiva por invalidez, esta debe tener una edad comprendida entre los 18 años y los 65 años. Asimismo, su grado de discapacidad debe ser igual o superior al 65%.
Finalmente, la persona que va a recibir la prestación de invalidez debe residir legalmente en territorio español y haberlo hecho durante un período de 5 años, de los que 2 han de ser consecutivos e inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud.