El Ingreso Mínimo Vital (IMV) es una ayuda económica gestionada por la Seguridad Social que tiene el objetivo de prevenir el riesgo de pobreza y exclusión social de personas que carecen de recursos económicos suficientes, para cubrir sus necesidades básicas. El importe establecido depende si el beneficiarios es una persona que vive sola o está integrada en una unidad de convivencia.
El hecho de pertenecer a una unidad de convivencia es importante, porque de ello, como hemos adelantado, depende el importe a percibir. En este sentido, la Seguridad Social establece que una unidad de convivencia está formada por todas las personas que viven en el mismo domicilio y que están unidas. Esto puede ser por matrimonio, pareja de hecho, tener un vínculo familiar de hasta segundo grado o por tener una relación en virtud de guarda con fines de adopción o acogimiento familiar permanente.
No obstante, la normativa recoge que hay personas que aun compartiendo domicilio con otras y uniéndoles además, alguno de los vínculos de parentesco señalados, podrá percibir la prestación de forma individual o formando una unidad de convivencia independiente. Los casos en que esto es posible son:
- Mujeres, víctimas de violencia de género, que hayan abandonado su domicilio familiar habitual (acompañadas o no de sus hijos).
- Personas que, en los tres años anteriores, hayan abandonado su domicilio familiar habitual por motivo del inicio de los trámites de separación, nulidad o divorcio, o de haberse instado la disolución de la pareja de hecho formalmente constituida, acreditando el inicio de los trámites para la atribución de la guarda y custodia de los menores (acompañada o no de sus hijos).
- Personas que, en los tres años anteriores, acrediten haber abandonado el domicilio por desahucio, o por haber quedado el mismo inhabitable por accidente o fuerza mayor.
En definitiva, el Ingreso Mínimo Vital (IMV), está configurado como un derecho subjetivo a una prestación económica, que forma parte de la acción protectora de la Seguridad Social, y garantiza un nivel mínimo de renta a quienes se encuentren en situación de vulnerabilidad económica. De este modo, su fin es garantizar una mejora real de oportunidades de inclusión social y laboral de las personas beneficiarias.
Motivos por los que puedes perder el Ingreso Mínimo Vital
El motivos principal por el que una persona puede perder el Ingreso Mínimo Vital (IMV) es porque deje de cumplir alguno de los requisitos establecidos por el Gobierno para ser beneficiario de esta prestación. En este sentido, la Seguridad Social debe recibir a la hora de solicitar la ayuda los documentos que acrediten la situación de vulnerabilidad del solicitante.
Además, cada año, este organismo cruza datos con Hacienda para cerciorarse de que los beneficiarios, siguen manteniendo las premisas en cuanto a rentas se refiere. En base a los resultados de este cruce de datos, el beneficiario seguirá cobrando el IMV o este le será retirado. En cualquier caso, los requisitos que una persona debe cumplir para no perder el Ingreso Mínimo Vital, son:
- Tener residencia legal y efectiva en España de forma continuada e ininterrumpida durante al menos el año anterior a presentar la solicitud. En este sentido, el beneficiario está obligado igualmente a comunicar cualquier cambio de domicilio. Además, tanto del titular como de los miembros de la unidad de convivencia, deben comunicar con carácter previo cualquier salida al extranjero.
- Estar en situación de vulnerabilidad económica. Para acreditar esta situación, el beneficiario debe presentar la declaración anual del IRPF. Además, si compatibiliza la prestación con un trabajo, debe cumplir con las condiciones que se requieren en estos casos.
Otros factores que pueden ser determinantes
Pero aún hay más. Una persona que cobre el Ingreso Mínimo Vital (IMV), podrá perderlo si incurre en los siguientes errores:
- Si no se facilita la documentación requerida por parte de la administración para acreditar que se cumplen los requisitos.
- No comunicar en un plazo de 30 días, desde que se produzca el hecho, cualquier cambio o situación que pudiera dar lugar a la suspensión o modificación de la prestación.
- No participar de las estrategias de inclusión puestas en marcha por el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.
- No devolver importes que se hayan percibido indebidamente.