El Gobierno de España ha aprobado un nuevo límite para el control de gasto sobre las prestaciones de incapacidad temporal. Se trata de una medida importante en relación a las bajas laborales por parte de los trabajadores.
En concreto, se trata de un nuevo compromiso de gasto para que la Seguridad Social tramite de forma anticipada los convenios con las Comunidades Autónomas sobre el control de la incapacidad temporal para los años de 2025 a 2028. En concreto, se ha fijado una cuantía de 315,02 millones de euros para cada uno de estos años.
Límite de gasto para la incapacidad temporal
La prestación de incapacidad temporal es un tipo de prestación que recibe el trabajador mientras se encuentra de baja laboral, debido a una lesión o enfermedad. Concretamente, consiste en un subsidio diario que trata de compensar la pérdida de ingresos que sufre el trabajador durante el periodo de baja.
De cara al año 2025, hay comprometido hasta el momento 1,65 millones de euros. Por tanto, el nuevo compromiso aprobado por el Consejo de Ministros aumentará el total a 316,67 millones de euros.
Actualmente, el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones mantiene convenios suscritos con las Comunidades Autónomas. Unos convenios cuya fecha de validez finalizará en 2024. Por ello, el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) va a desarrollar nuevos convenios con las comunidades de régimen común e Ingesa para los años 2025 a 2028.
Es necesario recordar que el Instituto Nacional de la Seguridad Social es la entidad que se encarga de gestionar y controlar la prestación de incapacidad temporal para todos los regímenes de la Seguridad Social. Para todos excepto el régimen de Trabajadores del Mar, que corresponde al Instituto Social de la Marina.
Control de la incapacidad temporal
Por otro lado, las Comunidades Autónomas se encargan de la gestión de la asistencia sanitaria de la Seguridad Social. Así, tienen como responsabilidad confirmar la baja y alta, extender los partes médicos de baja o determinar el tiempo de baja laboral por incapacidad temporal de un trabajador. Todo ello, a través de los facultativos de los Servicios Públicos de Salud.
Del mismo modo, las comunidades, mediante la Inspección Médica del Departamento de Salud, participan junto con las entidades gestoras y colaboradoras de la Seguridad Social. Entre otras cosas, se encargan de controlar la prestación de incapacidad temporal de los trabajadores.
La baja laboral por incapacidad temporal puede derivar de accidente de trabajo, accidente no laboral, enfermedad profesional o enfermedad común. Así, la cuantía de la incapacidad temporal puede variar en función del hecho causante.
Desde BBVA explican que «por lo que respecta al pago de la prestación de incapacidad temporal, para el supuesto de trabajadores por cuenta ajena, en general, el pago lo efectúa la empresa como pago delegado con la misma periodicidad que los salarios».
En el caso de los trabajadores autónomos, el pago se lleva a cabo directamente por parte de la entidad gestora o mutua. Además, el trabajador podrá solicitar el cobro de la incapacidad temporal mediante pago directo.
En definitiva, el Gobierno de España ha establecido un nuevo límite de gasto para controlar las prestaciones de incapacidad temporal. Un presupuesto que se hará efectivo para el periodo entre 2025 y 2028.