Los trabajadores que se encuentran en paro en España y han dejado de cobrar la prestación contributiva por desempleo, tienen la oportunidad de acceder a diferentes subsidios por desempleo, gestionados por el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE). Además, también encontramos el subsidio por cotización insuficiente, dirigido a personas que no han cotizado lo suficiente para haber percibido la prestación contributiva.
Entre todas estas prestaciones, destaca el subsidio para mayores de 52 años. Se trata de un subsidio que presenta diferentes ventajas para las personas beneficiarias, en comparación con otras prestaciones similares de carácter no contributivo.
El subsidio para mayores de 52 años tiene una cuantía mensual equivalente al 80% del Indicador Público de Rentas de Efectos Múltiples (IPREM). Este importe es de 463, 21 euros al mes en 2022. Hay que tener en cuenta que el IPREM se actualiza cada año, por lo que también provoca una variación en la cuantía a percibir por esta prestación.
El subsidio permite cotizar a la jubilación
El subsidio para mayores de 52 años es la única ayuda no contributiva que permite seguir cotizando a la Seguridad Social de cara a la futura pensión de jubilación, mientras se percibe dicho subsidio. Este es un aspecto especialmente ventajoso para los beneficiarios.
Desde el SEPE explican que «la entidad gestora (Servicio Público de Empleo Estatal o Instituto Social de la Marina) ingresará las cotizaciones a la Seguridad Social correspondientes a la jubilación. La base de cotización por jubilación será el 125 % del tope mínimo de cotización vigente en cada momento».
Hay que tener en cuenta que las personas mayores de 52 años se encuentran cercanas a la jubilación, por lo que seguir cotizando a la Seguridad Social mientras se percibe esta prestación supone un gran beneficio para acceder a la futura pensión.
Otro aspecto relevante es que las personas beneficiarias, pueden cobrar el subsidio para mayores de 52 años hasta alcanzar la edad ordinaria de jubilación que les corresponda. Para ello, es preciso seguir cumpliendo cada año todos los requisitos que dieron origen a la percepción inicial del subsidio.
Declaración Anual de Rentas
Cada año, para renovar el subsidio para mayores de 52 años, los beneficiarios de esta prestación deben presentar la Declaración Anual de Rentas. Se trata de un documento que sirve para acreditar que la persona titular del subsidio sigue cumpliendo el requisito de carencia de rentas.
Este requisito establece que la persona beneficiaria debe carecer de rentas de cualquier naturaleza superiores al Salario Mínimo Interprofesional (SMI) vigente en cada momento; excluida la parte proporcional de las dos pagas extraordinarias.
La Declaración Anual de Rentas se debe presentar cada doce meses desde la fecha del nacimiento del subsidio o desde la última reanudación. Desde el SEPE informan que «si no presentas esta declaración en el plazo indicado, se interrumpirá el pago del subsidio y de la cotización a la Seguridad Social».
Así, si se produce la presentación de la declaración fuera de plazo, el SEPE reanudará el cobro del subsidio, pero con efectos desde la fecha en la que se entregue la citada declaración.