El Estatuto de los Trabajadores es el documento legislativo que marca los derechos de los trabajadores que prestan sus servicios por cuenta ajena. Es decir, para aquellas personas que desarrollan una actividad profesional, prestando servicios a un empresario, a cambio de un salario. Y es que para que en esta relación no se establezca un abuso de poder, existe este documento que garantiza el bienestar del trabajador en su puesto de trabajo.
Dicho texto, tiene por tanto el objetivo de regular los derechos y deberes básicos con los que el empleado debe contar. En cuanto a la parte de los derechos más fundamentales, el Estatuto de los Trabajadores regula los siguientes:
- Los tipos de contratos que se pueden establecer en base a la actividad profesional.
- La regulación de las vacaciones, horas extras, excedencia, reducciones de jornada o permisos.
- Derecho a la libre sindicación.
- Derecho a la huelga y reunión.
- Negociación colectiva.
- Adopción de medidas de conflicto colectivo.
- Derecho al trabajo y libre elección de profesión u oficio.
- Derecho a la información, consulta y participación en la empresa.
- A no ser discriminados directa o indirectamente por razones de sexo, estado civil, edad, origen racial o étnico, condición social, religión, convicciones, ideas políticas, orientación sexual, afiliación o no a un sindicato, lengua y discapacidad.
- Etc.
Además de todo lo anteriormente descrito, este texto establece unas condiciones en cuanto al tiempo de descanso con el que cuenta cada trabajador en base a la jornada de trabajo que desempeña. Cabe señalar, que contar con unas buenas condiciones laborales, y con un tiempo prudencial de descanso, es fundamental para que el trabajador pueda rendir de una manera eficiente y sin poner en peligro ni su salud, ni es desempeño de su actividad profesional.
Y es que en ocasiones, las jornadas que se establecen, no cumplen con las condiciones idóneas, sobre todo, en determinados trabajo, lo cual puede ir en contra ya no solo del trabajador, sino de la tarea desarrollada y por ende, del empresario. Por este motivo, se hace fundamental que el Estatuto de los Trabajadores vele por la seguridad, en este caso, del empleado, y regule cómo deben ser los descansos laborales en base a la jornada de cada persona.
Estatuto de los trabajadores: Tiempo que puedo descansar en una jornada de 8 horas
Contar con un tiempo de descanso durante la jornada laboral es fundamental para que el empleado pueda cubrir alguna de sus necesidades básicas. También es importante para que la plantilla cuente con salud física y mental, y por tanto, es beneficioso para la empresa. Esto que parece tan lógico, ha sido necesario que esté regulado en el Estatuto de los Trabajadores, para garantizar precisamente a estos, que este tiempo de descanso en su jornada laboral, se lleva a cabo.
Este texto establece que «Siempre que la duración de la jornada diaria continuada exceda de seis horas, deberá establecerse un periodo de descanso durante la misma de duración no inferior a quince minutos. Este periodo de descanso se considerará tiempo de trabajo efectivo cuando así esté establecido o se establezca por convenio colectivo o contrato de trabajo».
Tiempo de trabajo
Concretamente, el artículo 34 de dicho estatuto es que el establece el tiempo de descanso que le pertenece a un trabajador por ley en base a su jornada laboral. Es decir, el derecho a descanso del que cada persona puede disfrutar en base a las horas que trabaja al día. En este sentido, establece entre otras cosas que:
- La duración máxima de la jornada ordinaria de trabajo será de cuarenta horas semanales de trabajo efectivo de promedio en cómputo anual.
- Entre el final de una jornada y el comienzo de la siguiente mediarán, como mínimo, doce horas.
- Siempre que la duración de la jornada diaria continuada exceda de seis horas, deberá establecerse un periodo de descanso durante la misma de duración no inferior a quince minutos. Este periodo de descanso se considerará tiempo de trabajo efectivo cuando así esté establecido o se establezca por convenio colectivo o contrato de trabajo.
- Las personas trabajadoras tienen derecho a solicitar las adaptaciones de la duración y distribución de la jornada de trabajo, en la ordenación del tiempo de trabajo y en la forma de prestación, incluida la prestación de su trabajo a distancia, para hacer efectivo su derecho a la conciliación de la vida familiar y laboral.