Los trabajadores autónomos en España deben abonar mensualmente una cuota de cotización a la Seguridad Social. En la actualidad, el importe de esta cuota depende de los ingresos netos reales.
Así, el nuevo sistema de cotización de autónomos contempla 15 tramos diferentes de cuotas a pagar en función de los ingresos de cada trabajador autónomo.
Sin embargo, la nueva normativa incluye una cuota de Tarifa Plana para los nuevos autónomos que se den de alta por primera vez en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA).
Prórroga de la Tarifa Plana
La Tarifa Plana para trabajadores autónomos tiene una cuantía de 80 euros al mes durante el primer año de actividad. Se trata de una medida para impulsar la afiliación de trabajadores a este Régimen de la Seguridad Social.
Además, si los ingresos durante el primer año de actividad son inferiores al Salario Mínimo Interprofesional (SMI) vigente, el trabajador autónomo puede solicitar la prórroga de la Tarifa Plana durante un segundo año.
En este año 2024 se ha aprobado una subida del Salario Mínimo Interprofesional, situándose en 1.134 euros brutos al mes; y 15.876 euros brutos al año.
Esta subida del SMI tiene una relevancia en diferentes aspectos para los ciudadanos en España. Del mismo modo, también es clave para poder solicitar la prórroga de la Tarifa Plana en el caso de los trabajadores autónomos.
Al respecto, desde la Seguridad Social exponen lo siguiente: «Si vence tu tarifa plana, y prevés que tus rendimientos van a ser inferiores al salario mínimo interprofesional, solicita su prórroga desde tu área personal de Import@ss».
Solicitud de prórroga para autónomos
La solicitud de la prórroga de la cuota de tarifa plana se puede realizar cuando el trabajador prevea que sus rendimientos serán inferiores al Salario Mínimo Interprofesional vigente.
#Autónomo Si vence tu tarifa plana, y prevés que tus rendimientos van a ser inferiores al salario mínimo interprofesional, solicita su prórroga desde tu área personal de #Importass.
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Además, desde la Seguridad Social puntualizan que «con carácter general, si disfrutaste de la tarifa plana con posterioridad al 1 de enero de 2023, podrás solicitar su prórroga 12 meses más. Si tienes reconocida una discapacidad igual o superior al 33% o la condición de víctima de violencia de género o víctima de terrorismo, podrás solicitar su prórroga 36 meses más».
Una vez solicitada la prórroga, en caso de aprobarse, la cuota de Tarifa Plana se aplicará desde el día siguiente a la finalización de los primeros 12 meses de disfrute; o de los primeros 24 meses, en algunos casos.
La correspondiente solicitud debe presentarse antes de que venza el plazo inicial de 12 meses o 24 meses de la Tarifa Plana para la cuota de autónomos.
En algunas Comunidades Autónomas, la cuota de Tarifa Plana se encuentra financiada por parte del gobierno regional. Así, en algunos territorios de España, los trabajadores autónomos cuentan con cuota cero durante el primer año de actividad.
Una vez que el trabajador autónomo deja de cobrar la Tarifa Plana, pasará a la cuota de cotización por tramos, según las condiciones establecidas en el nuevo sistema de cotización de la Seguridad Social.
En definitiva, la solicitud de la prórroga de la cuota de Tarifa Plana se puede realizar a través de Import@ss. La solicitud la puede completar directamente el trabajador autónomo o desarrollarse mediante la solicitud por parte de un apoderado.