Las enfermedades propias del campo de la reumatología también pueden dar derecho a una recibir una pensión de incapacidad permanente en España. Si bien, es el Tribunal Médico del Instituto Nacional de la Seguridad Social el que otorga dicho derecho en función de diferentes criterios.
Hay que tener clara la definición que ofrece el ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones sobre una pensión de incapacidad permanente: «Es una prestación que se reconoce al trabajador cuando después de haber estado sometido a un tratamiento médico presenta reducciones anatómicas o funcionales graves, las cuales son previsiblemente definitivas disminuyendo o anulando su capacidad laboral».
En cualquier caso el Instituto Nacional de la Seguridad Social no cuenta con un listado concreto de enfermedades que dan acceso a una pensión de incapacidad permanente. El Tribunal Médico valora la capacidad de la persona para desempeñar la función que venía realizando hasta el momento o la posibilidad de desarrollar otro tipo de actividades laborales.
Además, en caso de que la Seguridad Social deniegue el derecho a recibir la pensión de incapacidad permanente, la persona solicitante podría recurrir a la Justicia, que tendría la última palabra al respecto. No sería la primera vez que una persona consigue el derecho a percibir una prestación de este tipo en un juzgado.
Enfermedades de reumatología para pensión de incapacidad permanente
Aunque no existe un listado de enfermedades concretas para acceder a una pensión de incapacidad permanente, si que encontramos varios grupos de patologías propensas a ser acreditadas como motivo para percibir dicha prestación.
Hablamos de enfermedades psiquiátricas, enfermedades respiratorias, del sistema nervioso, oncológicas, enfermedades relacionadas con el oído, ojos o corazón; del aparato digestivo o referentes a traumatología.
Además, el Tribunal Médico de la Seguridad Social también valora las enfermedades de reumatología como propensas a ser causa para percibir una pensión de incapacidad permanente.
En concreto, las enfermedades reumáticas son aquellas que afectan directamente al aparato locomotor. Actualmente hay identificadas en el mundo más de doscientas enfermedades reumáticas y en España afecta a una 1 de cada 4 personas mayores de 20 años.
Por otra parte, en el caso de las enfermedades reumáticas, pueden variar bastante dependiendo de la patología y de la persona. Por norma general suele existir una mejora con tratamiento de rehabilitación. Si bien, muchas enfermedades reumáticas pueden dar acceso a una pensión de incapacidad permanente.
Entre las más de 200 patologías englobadas en este grupo de enfermedad, destacan las siguientes:
- Artritis
- Enfermedad de Behcet
- Fibromialgia
- Gota
- Artrosis
- Esclerosis sistémica
- Osteoporosis
- Dermatomiositis
- Lupus eritematoso sistemático
Tipos de incapacidad permanente
Llegados a este punto es necesario recordar que el sistema español de pensiones diferencia entre varios tipos de incapacidad permanente, cuyo principal factor diferencial es la capacidad que presenta el trabajador para desempeñar una determinada actividad laboral. Son los siguientes:
- Incapacidad permanente parcial: Provoca en el trabajador una pérdida no inferior al 33% en el rendimiento de su profesión habitual:
- Incapacidad permanente total: Inhabilita al trabajador para desempeñar su profesión habitual, pero puede desarrollar otra actividad laboral, cuyo grado de incapacidad se lo permita.
- Gran Invalidez: El trabajador necesita de asistencia de otras personas para poder llevar a cabo los actos más esenciales de la vida.
- Incapacidad permanente absoluta: Inhabilita al trabajador para cualquier profesión u oficio. Es decir, la incapacidad no le permite realizar la función que había desempeñado hasta el momento y tampoco da la posibilidad de continuar realizando otro tipo de actividad laboral.