La Seguridad Social se encarga de la gestión de las denominadas pensiones contributivas por muerte y supervivencia. Entre estas pensiones se encuentra la pensión de viudedad, pensión de orfandad y pensión en favor de familiares.
En las pensiones de muerte y supervivencia, la persona causante de la pensión es diferente a la persona beneficiaria de la misma. Normalmente, el derecho a la pensión se genera tras el fallecimiento de una pensión.
Así, la Seguridad Social define la pensión de orfandad como «una prestación económica que se concede a los hijos de la persona fallecida, y a los aportados por su cónyuge». Eso sí, siempre que cumplan con todos los requisitos exigidos.
Personas beneficiarias de la pensión de orfandad
Todos los hijos de la persona fallecida pueden tener derecho a la pensión de orfandad, con independencia de que se trate de un hijo natural o adoptivo. Además, también puede tratarse de un hijo póstumo, que haya nacido tras el fallecimiento de su progenitor.
En cualquier caso, para cobrar una pensión contributiva de orfandad es necesario cumplir con ciertos requisitos de edad. En ocasiones, también se tienen en cuenta algunos requisitos de ingresos.
Al respecto, los profesionales de BBVA indican que «para tener derecho a la pensión, los hijos deben ser menores de 21 años o estar incapacitados para el trabajo. También tendrán derecho los hijos hasta alcanzar los 25 años, cuando no efectúen trabajos por cuenta propia o ajena, o realizándolos que carezcan de rentas superiores al 100% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) en cómputo anual».
Por tanto, la edad máxima hasta la que se puede cobrar una pensión de orfandad en España es hasta los 25 años, y siempre que se cumpla con las condiciones que establece la Seguridad Social.
Cuantía de la pensión de orfandad
La cuantía de la pensión de orfandad se calcula aplicando el 20% de la base reguladora. Es decir, la base reguladora se calcula del mismo modo que para la pensión de viudedad, teniendo en cuenta la situación laboral de la persona causante en el momento del fallecimiento; así como la causa de la muerte.
«Por ejemplo, en caso de fallecimiento por enfermedad común de trabajadores en activo, para calcular la base reguladora se divide entre 28 la suma de las bases de cotización de un período ininterrumpido de 24 meses, elegido por los beneficiarios dentro de los 15 años inmediatamente anteriores al mes previo al del hecho causante», tal y como indican los profesionales de BBVA.
Sin embargo, cuando el fallecimiento de la persona causante deriva de accidente de trabajo o enfermedad profesional, el cálculo de la base reguladora para la pensión de viudedad se realiza de otro modo.
En concreto, la base reguladora será el resultado de dividir por 12 los siguientes elementos:
- Salario y antigüedad diarios del trabajador en la fecha del hecho causante, multiplicado por 365 días.
- Pagas extraordinarias, beneficios o participación, por su cuantía total en el año previo al hecho causante.
- El cociente de dividir los pluses, retribuciones complementarias y horas extraordinarias recibidas en el año anterior al hecho causante, por el número de días efectivamente trabajados y multiplicando dicho resultado por 273.
Al tratarse de una pensión de carácter contributivo, las cuantías de la pensión de orfandad se revalorizan cada año en España en función del IPC (Índice de Precios al Consumo del año anterior). En 2024, las cuantías de las pensiones contributivas se han revalorizado en un 3,8%; mientras que las pensiones mínimas han subido en un 6,9%.