En muchas ocasiones hemos hablado de que las ayudas asociadas a la ley de la dependencia son gestionadas por el Instituto de Mayores y Servicios Sociales, conocido como IMSERSO, que a su vez delega esta potestad en las Comunidades Autónomas o las delegaciones territoriales del IMSERSO.
En primer lugar, debemos de definir que la dependencia es el «estado de carácter permanente en que se encuentran las personas que, por razones de edad, enfermedad o discapacidad necesitan de la atención de otra persona para poder realizar las actividades básicas de la vida diaria como comer, beber, vestirse o moverse, entre otras».
Por otro lado, también vemos a las personas que «necesitan apoyos para tener una vida autónoma, es decir, para tomar decisiones y llevar a cabo distintas actividades, debido a una discapacidad intelectual o a una enfermedad mental«.
DESTINARIOS DE LA DEPENDENCIA EN MADRID
Desde la Comunidad de Madrid señalan que pueden ser destinarios de la dependencia en Madrid las siguientes personas:
- Españoles y personas extranjeras que viven legalmente en España, y lo hayan hecho durante 5 años, 2 de ellos inmediatamente anteriores a la presentación de la solicitud (a excepción de los emigrantes retornados).
- En el caso de los menores de 5 años, los padres, tutores o personas que tengan la guardia y custodia deben vivir de forma legal en España los últimos.
- Residir en la Comunidad de Madrid en la fecha en que presentes la solicitud de reconocimiento de la situación de dependencia.
Las personas que quieran solicitar la situación de dependencia en la comunidad madrileña deberán de cumplir estos requisitos.
DOCUMENTOS A PRESENTAR PARA SOLICITAR LA DEPENDENCIA EN MADRID
Desde la Comunidad de Madrid recoge en su web la documentación que deben de presentar las personas que quieran optar a la dependencia.
Junto a la solicitud se debe de anexionar algunos documentos tales como:
- Certificado/s de empadronamiento que acredite/n que el solicitante ha residido al menos cinco años en España, los dos últimos inmediatamente anteriores a la fecha de solicitud
- En el caso de extranjeros no comunitarios, certificado del Ministerio del Interior que acredite que el solicitante dispone de residencia legal en España, y que la ha tenido al menos por cinco años, los dos últimos inmediatamente anteriores a la fecha de solicitud
- Informe de salud actualizado
- Informe social (aportar por los Servicios Sociales municipales)
- En el caso de tener reconocido algún grado de discapacidad: Documento emitido por el órgano competente de otra Comunidad Autónoma que lo acredite
- Declaración del Impuesto sobre Patrimonio, en caso de estar obligado
- Copia de documento bancario que justifique que el solicitante es titular de la cuenta bancaria.
- Número de cuenta completo (con IBAN)
Después, será la Comunidad de Madrid el organismo que consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos salvo que te opongas motivadamente, en cuyo caso deberás aportarlos. Hablamos de el NIF/NIE del solicitante, o del representante, en su caso.
A esto hay que sumarle el certificado de residencia que acredite que el solicitante reside en un municipio de la Comunidad de Madrid en la fecha de la presentación de la solicitud.
Si se da el caso de que el solicitante sea pensionista de gran invalidez, copia del documento que lo acredite. También deberá de presentar el documento del certificado de discapacidad expedido por la Comunidad de Madrid.
También se debe de presentar la declaración de la Renta del último año fiscal exigible a la fecha de presentación de esta solicitud. Por último, la Comunidad de Madrid solicita el certificado de pensiones del último año fiscal exigible a la fecha de presentación de esta solicitud.