Si eres conductor, atento a este nuevo cambio que está a punto de introducir la Dirección General de Tráfico (DGT) y que te afecta directamente. Y es que a partir del mes de julio, hay un nuevo dispositivo que deberás llevar en el coche. Así que pon en rojo este mes en el calendario, si no quieres que el tiempo se te eche encima sin haber realizado este cambio. Pues recuerda, que el desconocimiento de cualquier tipo de normativa, no te exime del deber de cumplirla.
Este cambio es una muestra más del trabajo que la Dirección General de Tráfico (DGT) realiza año tras año con el único objetivo de seguir velando por la seguridad de todos los usuarios de las vías. Y es que no está todo hecho. Las nuevas necesidades que van surgiendo, reclaman del organismo de tráfico al mismo tiempo nuevas normas. Del mismo modo, como ocurre en este caso, los avances tecnológicos permiten que podemos contar cada vez con más seguridad en el vehículo. Pero, ¿De qué dispositivo estamos hablando?
La DGT obligará a partir de julio a llevar este dispositivo
Con el objetivo de seguir aumentando la seguridad en las carreteras, la Dirección General de Tráfico (DGT), ha establecido la obligatoriedad de llevar un nuevo dispositivo en el coche a partir del mes de julio. Se trata de un aparato de los conocidos como ADAS (Advanced Driver Assistance Systems), un sistema tecnológico creado para mejorar la seguridad en la carretera, ayudando tanto al vehículo que lo lleva como al resto que circulan por las vías.
Pero, ¿Por qué en julio? Pues no es algo nuevo ni introducido de forma acelerada, y es que así está recogido por la Ley de Tráfico que entró en vigor en 2022. Esta dice que a partir del mes de julio de 2024, todos los vehículos de nueva matriculación deberán llevar incorporado el dispositivo EDR. La duda es, ¿Qué función cumple este aparato para ser tan importante? Según informa la propia DGT, este aparato funciona como una caja negra.
Desde la DGT han indicado que la finalidad de este dispositivo es ir recogiendo información, tanto del vehículo como de los ocupantes, que encaso de accidente, podrá ser fundamental para saber qué ha ocurrido. Es decir, toda esta información se irá almacenando en el dispositivo por si llegado el momento, tuviera que ser utilizada. No obstante, la entidad de tráfico ha defendido que de ningún modo se vulnerará así la intimidad de los usuarios.
Funcionamiento del EDR
Desde la DGT han asegurado que este dispositivo funciona de forma similar a la caja negra de los aviones. Concretamente, tiene la capacidad para que en caso de accidente, se queden grabados los 30 segundos anteriores al siniestro y los 5 posteriores. Por tanto, la única finalidad es que en caso de accidente, se puedan tener datos suficientes para determinar las causas, algo fundamental en la mayor parte de los siniestros que suceden.
De este modo, quedarán registrados 15 parámetros muy determinantes en estos casos, entre los que se incluyen la velocidad del vehículo, frenada, revoluciones motor, fuerza del impacto frontal y lateral, movimientos de dirección, posición del acelerador, funcionamiento de sistemas de seguridad como los airbags, cinturones o determinados asistentes. Todo ello datos que pueden llegar a ser fundamentales en una investigación posterior.
Sin embargo, hay una duda que ha surgido entre los conductores: ¿Qué ocurre con la privacidad de los usuarios? La DGT deja claro que este aparato no atenta contra la privacidad de los coches, a pesar de que grabará y recogerá datos del vehículo. Y es que según la propia entidad de tráfico, el aparato no registra ni imágenes ni audio, tan solo las variables clave para poder esclarecer qué ha podido desencadenar el accidente y cómo ha ocurrido.