El subsidio para mayores de 52 años es una de las prestaciones del SEPE más ventajosas para las personas en situación de desempleo. A continuación explicaremos porque se trata de un subsidio con grandes beneficios para la persona beneficiaria.
Este subsidio está destinado a personas que se encuentran en situación de paro y han agotado el derecho a percibir la prestación contributiva por desempleo. Uno de los requisitos más importantes para su percepción es tener 52 años o más sin haber alcanzado la edad de jubilación.
Entre las ventajas de esta prestación gestionada por el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) se encuentra que durante la percepción de la misma se puede seguir cotizando a la Seguridad Social de cara a la futura pensión de jubilación.
Desde la Administración explican que «la entidad gestora (Servicio Público de Empleo Estatal o Instituto Social de la Marina) ingresará las cotizaciones a la Seguridad Social correspondientes a la jubilación. La base de cotización por jubilación será el 125 % del tope mínimo de cotización vigente en cada momento».
El subsidio para mayores de 52 años tiene una cuantía equivalente al 80% del Indicador Público de Rentas a Efectos Múltiples (IPREM). Es decir, 463, 21 euros mensuales para este año 2022.
Cuándo renovar el subsidio para mayores de 52 años
Otra de las grandes ventajas del subsidio para mayores de 52 años es que se puede cobrar hasta alcanzar la edad de jubilación que corresponda en cada momento. Para ello, es necesario seguir cumpliendo los requisitos que dieron origen a la prestación.
En este sentido, para renovar la percepción del subsidio, los beneficiarios de la prestación en cuestión deben presentar cada año ante el SEPE la Declaración Anual de Rentas; para acreditar que se sigue cumpliendo el requisito de carencia de rentas.
Concretamente, el documento de Declaración Anual de Rentas debe presentarse cada doce meses desde el inicio de la percepción del subsidio o desde la última renovación. Así lo establece la normativa actual del SEPE.
El plazo de presentación de la Declaración Anual de Rentas para la renovación del subsidio es de 15 días hábiles a partir de la fecha indicada anteriormente. En caso de no presentar este documento, el SEPE interrumpirá el pago de la prestación y la correspondiente cotización.
A través del siguiente enlace puede acceder a la Sede Electrónica del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) y solicitar la Declaración Anual de Rentas. Este documento resulta clave para la renovación anual del subsidio para mayores de 52 años.
En definitiva, no existe un plazo fijo para la renovación del subsidio para mayores de 52 años, si no que para beneficiario será una fecha concreta, que coincidirá cada año con la misma fecha en la que se produjo el inicio de la percepción de la prestación.