En caso de la imposición de una multa de tráfico por parte de la Dirección General de Tráfico (DGT), el ciudadano tiene la posibilidad de recurrir, siempre que crea que dicha sanción no se corresponde con la realidad. En la actualidad existen numerosas infracciones que pueden conllevar una multa, como utilizar el GPS o radio mientras se conduce.
A través de la Sede Electrónica de la DGT, los ciudadanos pueden llevar a cabo cualquier trámite relacionado con la gestión de multas y sanciones. Como por ejemplo el pago y devolución de la cuantía de una sanción, presentar alegaciones, identificación del conductor infractor o consultar edictos de sanciones,
El avance de las nuevas tecnologías ha permitido a la DGT incluir todos estos servicios en su página web, para facilitar la realización de trámites a los usuarios.
Primeramente, en caso de recibir una multa, es apropiado asegurarse que corresponde a la DGT. En caso de esta de acuerdo con la sanción impuesta, es aconsejable pagarla lo antes posible para beneficiarse de un descuento del 50% del importe.
Recurrir una multa de la DGT
En caso de no estar conforme con la multa, el ciudadano siempre tendrá la posibilidad de recurrir o reclamar la devolución del pago. Sin embargo, una vez que se inicia la reclamación, se pierde la posibilidad de reducir el importe de la multa en un 50%, en caso de que se ratifique por parte de la DGT.
Desde la DGT explican que se podrá recurrir una multa de tráfico en el plazo de 20 días naturales a contar desde el día siguiente a la recepción de la notificación en el domicilio o correo electrónico de la persona en cuestión. Además, desde este organismo explican que «si hemos intentado notificarte a tu dirección postal y no te hemos localizado, procedemos a publicar la sanción en el Tablón Edictal Único. Desde esta publicación, dispondrás igualmente de 20 días para presentar alegaciones».
Para pagar, establecer alguna alegación o reclamar una multa, siempre se debe realizar en el organismo sancionador. En este sentido, es importante cerciorarnos cual es la procedencia de la multa, ya que este proceso solo se podrá realizar en la Sede Electrónica de la DGT en caso de que la sanción provenga de la Dirección General de Tráfico.
Finalmente, desde la DGT aclaran a los ciudadanos que «en el caso que presentes una alegación o un recuro, los analizamos y te respondemos con una resolución definitiva. En el primer caso, puedes seguir reclamando en vía administrativa a través de un recurso de reposición. En el segundo caso podrías acudir directamente a la vía judicial a través de un recurso contencioso-administrativo, para lo que necesitarías abogado y procurador».
A través del siguiente link puedes encontrar información detallada respecto al proceso para recurrir una multa, así como descargar los formularios de reclamación pertinentes.