El Ingreso Mínimo Vital (IMV) es una ayuda económica dependiente de la Seguridad Social. Según el portal web oficial de este organismo, se trata de una prestación dirigida a prevenir el riesgo de pobreza y exclusión social de las personas que viven solas o están integradas en una unidad de convivencia y carecen de recursos económicos básicos para cubrir sus necesidades básicas.
Es decir, es una ayuda de carácter económico que garantiza un nivel mínimo de renta a quienes se encuentren en situación de vulnerabilidad económica. Por tanto, persigue garantizar una mejora real de oportunidades de inclusión social y laboral de las personas beneficiarias. Esto significa, que el fin último es evitar que una persona caiga en la pobreza y ayudarla a que pueda aprovechar el tiempo a buscar la forma de conseguir ingresos, pues esta ayuda le da margen para conseguirlo.
En definitiva, forma parte de la acción protectora de la Seguridad Social. Una forma de sostener a personas o unidades de convivencia para que puedan progresar de una situación de exclusión a una participación en la sociedad. Por este motivo, la ayuda no es exclusivamente económica, pues contiene incentivos al empleo y a la inclusión, articulados a través de distintas fórmulas de cooperación entre administraciones.
En cuanto al importe a percibir, la Seguridad Social establece que la cuantía del Ingreso Mínimo Vital (IMV) para el beneficiario individual o la unidad de convivencia será la diferencia entre la renta garantizada y el conjunto de rentas e ingresos de tales personas, siempre que la cuantía resultante sea igual o superior a 10 euros mensuales.
REQUISTITOS PARA ACCEDER AL INGRESO MÍNIMO VITAL
Debido a la importancia que tiene el Ingreso Mínimo Vital (IMV) como ayuda a personas que lo necesitan por estar en riesgo de pobreza, tiene establecido una serie de requisitos que deben cumplirse no solo en el momento de la solicitud, sino cada vez que se revise la prestación. Cabe señalar, que la Seguridad Social revisa cada año todas las concesiones de este IMV para mantenerla o eliminarla, según hayan progresado las necesidades de cada persona.
En cuanto a los requisitos requeridos para poder cobrar el Ingreso Mínimo Vital, el primero es tener residencia en España. El portal web oficial de esta prestación deja claro que los beneficiarios individuales o miembros de una unidad de convivencia deben tener residencia legal y efectiva en España de forma continuada e ininterrumpida durante al menos el año anterior a presentar la solicitud. No obstante, no se exige dicho plazo de un año a:
- Los menores incorporados a la unidad de convivencia por nacimiento, adopción, reagrupación familiar de hijos e hijas, guarda con fines de adopción o acogimiento familiar permanente.
- Las personas víctimas de trata de seres humanos y de explotación sexual.
- Las mujeres víctima de violencia de género.
LA IMPORTANCIA DE LA VULNERABILIDAD ECONÓMICA
El segundo de los requisitos, que es fundamental para el fin que se busca, es estar en situación de vulnerabilidad económica. Pero, ¿Cómo se determina esta vulnerabilidad económica? Para determinar la situación de vulnerabilidad económica se toma en consideración la capacidad económica de la persona solicitante individual o de la unidad de convivencia, computando los recursos de todos sus miembros.
La Seguridad Social establece que este requisito se cumple cuando el promedio mensual de ingresos y rentas anuales computables del ejercicio anterior sea inferior al menos en 10 euros a la cuantía mensual garantizada por el ingreso mínimo vital que corresponda según la modalidad y el número de miembros de la unidad de convivencia. Computará como ingreso el importe de las pensiones y prestaciones, contributivas o no contributivas, públicas o privadas.
Del mismo modo, establece que no se considera en situación de vulnerabilidad económica la persona beneficiaria individual que sea titular de un patrimonio neto, sin incluir la vivienda habitual, valorado en un importe igual o superior a tres veces la cuantía correspondiente de renta garantizada por el ingreso mínimo vital para una persona beneficiaria individual. En 2023 esto equivale a 20.353,62 euros.