Por lo general, la pensión de incapacidad permanente total se establece en un 55% de la base reguladora del trabajador. Sin embargo, hay circunstancias que pueden elevar este porcentaje.
La cuantía se determina según las bases de cotización del trabajador y puede variar según la causa de la invalidez, ya sea por accidente laboral, enfermedad profesional, accidente no laboral o enfermedad común.
El motivo principal de que la pensión de incapacidad permanente total sea del 55% de la base reguladora es la posibilidad de que el beneficiario pueda compatibilizarla con otra actividad laboral. Esta incapacidad inhabilita al trabajador solo para su profesión habitual, permitiéndole ejercer otras labores que no entren en conflicto con las limitaciones que causaron la incapacidad.
Es importante mencionar que esta incapacidad puede ser revisada por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) hasta que el beneficiario alcance la edad de jubilación.
Incapacidad permanente total al 75%
Existe una situación especial denominada incapacidad total cualificada. Esta se aplica cuando el trabajador, de 55 años o más, se encuentra en desempleo.
En este caso, la pensión asciende al 75% de la base reguladora, es decir, un 20% adicional. Sin embargo, si el beneficiario inicia una actividad laboral, la pensión se ajustará nuevamente al 55%.
Complemento económico para reducir la brecha de género
Otra manera de incrementar la cuantía de la pensión es a través del complemento económico destinado a reducir la brecha de género en las pensiones. En 2023, este complemento es de 30,40 euros por hijo al mes, lo que suma un total anual de 425 euros distribuidos en 14 pagas.
El máximo de hijos con los que se puede solicitar este complemento es cuatro. Este beneficio está disponible tanto para mujeres como para hombres que demuestren haber tenido un perjuicio en su carrera de cotización tras el nacimiento de uno o varios hijos.