Las donaciones a las Organizaciones No Gubernamentales (ONG) en España contienen una serie beneficios fiscales que nos pueden llegar a deducir hasta en un 75% el dinero que hemos donado en nuestra declaración del IRPF (Impuesto de la Renta de Personas Físicas).
Esto se da de esta manera desde 2014, momento en el que la reforma fiscal dio un nuevo cambio y aplicó diferentes beneficios fiscales a quienes donan su dinero a las ONG. Este beneficio se aplica a las donaciones realizadas a entidades benéficas acogidas a la Ley 49/2002 de régimen fiscal de las entidades sin ánimo de lucro y de los incentivos fiscales del mecenazgo.
En caso de ser miembro de una ONG o Fundación sin fines lucrativos, es posible que puedas deducirte parte del dinero destinado en la declaración de la renta. A continuación te explicamos los casos que pueden darse.
Beneficios fiscales de donar dinero a ONGs
La última de las reformas de la ley del IRPF mantiene tres casos de reducción para los donantes particulares, que deben tenerse en cuenta a la hora de hacer la declaración de la renta en España:
- Los primeros 150 euros donados tienen una deducción del 75%.
- Las donaciones por encima de los 150 euros desgravan un 30%.
- Las donaciones realizadas de forma recurrente deducen un 35%. Esto se da a cuando un particular dona la misma cantidad o una cantidad superior a la misma organización en los dos años anteriores.
Para poder acreditar estos beneficios en la declaración de la renta, la organización a la que pertenezcas debe de expedir un certificado de donación que pueda ser presentado en la declaración de la renta.
Diferentes deducciones fiscales en el Impuesto de Sociedades
En otro sentido, las donaciones a ONG no son un gasto deducible en el Impuesto de Sociedades. Pese a ello, pueden dar lugar a deducciones fiscales, siempre y cuando la entidad esté inscrita en la Ley 49/2002.
Así, el porcentaje de deducción en una cuota en el Impuesto sobre Sociedades es de un 35% (con el límite del 10% en la base imponible). Esta deducción puede llegar hasta un 40% para las donaciones hechas a una misma entidad por el mismo valor o superior al importe durante al menos tres años. Estas cantidades no deducidas se pueden aplicar en los periodos impositivos que concluyan en los 10 años inmediatos y sucesivos.
En este sentido, las entidades a las que es posible hacer donaciones y que nos produzcan beneficios fiscales en la declaración de la renta deben de ser aquellas que no tengan fines lucrativos.