Los seguros médicos surgen como alternativa a la sanidad pública en España. Este servicio ofrece múltiples ventajas a los asegurados, tales como la libre elección de hospitales, clínicas privadas o profesionales sanitarios a los que acudir en caso de no querer hacer uso del servicio público. De hecho, también cuenta con algunos beneficios fiscales que vamos a ver a continuación.
Existen numerosas ventajas fiscales por contratar un seguro de salud que repercuten sobre las empresas y los autónomos. Cada vez son más los que aprovechan estas ventajas que ofrecen los seguros médicos y deciden optar a ellos.
Beneficios fiscales de un seguro médico privado en España
La fiscalidad del seguro de salud tiene beneficios fiscales para todo tipo de clientes. Así, la desgravación del seguro médico te permitirá ahorrar en tu declaración de la renta o en el impuesto de sociedades:
Autónomos
En caso de ser autónomo debes saber que tu seguro de salud es un gasto que podemos deducir en la declaración de la renta. La deducción del seguro médico aplicable es la correspondiente a la prima de tu seguro, la de tu cónyuge e hijos menores de 25 años que convivan contigo y no perciban ingresos superiores a los 500 euros.
Eso sí, en caso de que alguno de los miembros tenga reconocida una discapacidad este límite se amplía a 1500 euros y con un máximo de 4.500 euros por la suma de todos. La deducción por tu seguro de salud va a reducir la base imponible.
Por ejemplo, si has percibido 20.000 euros en tu actividad económica y tienes contratado un seguro médico para ti, tu mujer y tus dos hijos, os podréis deducir de 2.000 euros en la base imponible. Por tanto, el tipo impositivo del impuesto que se te aplica será el que corresponda al tramo correspondiente a 18.000 euros (en vez del de 20.000 euros).
Pymes y empresas
Las pymes y las empresas están sujetas al Impuesto de Sociedades y pueden deducirse hasta el 100% del gasto abonado por la empresa en los seguros médicos de sus empleados como gasto social en el impuesto de sociedades. Por lo tanto, esta cuantía se restará de los beneficios obtenidos en el año por la empresa.
Empleados con seguro médico de una empresa
En caso de los empleados que reciben el seguro médico por parte de su empresa como parte de su retribución, no tiene la consideración de retribución en especie el importe de la prima del seguro de salud, por lo que quedará exento de tributación las primas satisfechas por la empresa para él, su cónyuge e hijo menor de 25 años que convivan (menores sin ingresos superiores a los indicados en la ley que convivan con él) siempre que no excedan de 500 euros por persona.
En el caso de que la prima del seguro sea superior a los 500 euros, los primeros 500 euros estarían exentos de tributación, mientras que el resto tributaría con rendimiento en especie.
Debemos tener claro que este tipo de regulación fiscal y sus beneficios fiscales puede variar dependiendo de la Comunidad Autónoma que nos encontremos. Por ello, recomendamos que consultes este procedimiento con tu asesor y con la Agencia Tributaria para tener esta información actualizada y evitar posibles percances fiscales.