El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migración cuenta con un subsidio dirigido a las personas que han salido de prisión. Una ayuda para parados que seguirá vigente durante todo el año 2021, en pleno contexto de pandemia del Covid-19 y crisis económica.
Estas ayudas para parados que han estado recientemente en la cárcel reciben el nombre de ‘subsidio de personas liberadas de presión’. Se trata de un tipo de prestación encaminada a favorecer la reinserción personal y laboral de la persona tras volver a una situación de libertad en la sociedad.
Como ocurre con cualquier tipo de prestación de la Seguridad Social, es necesario que la persona solicitante cuente con una serie de requisitos mínimos para poder acceder a este tipo de ayudas para parados que han salido de prisión.
Ayudas a parados: Requisitos para acceder al subsidio de personas liberadas de prisión
Entre los requisitos más importantes destacan los siguientes que verás descritos a continuación. Recuerda que la persona demandante debe cumplir estrictamente con este tipo de condiciones para acceder a la ayuda:
1. La persona demandante debe encontrarse en situación de desempleo.
2. Deberá inscribirse como demandante de empleo en un plazo máximo de un mes desde el momento de salida de prisión. Además tendrá que permanecer inscrito o inscrita durante un mes, suscribir el compromiso de actividad y mantener la inscripción durante todo el periodo de duración del subsidio.
3. El solicitante no podrá haber rechazado una oferta de empleo adecuada o haberse negado a participar en acciones de promoción y formación profesional; excepto en causas justificadas.
4. Para poder acceder a esta ayuda para parados la persona en cuestión debe acreditar que no tiene derecho a ninguna prestación contributiva por desempleo.
5. Debe haber sido liberado de prisión, siempre que el periodo que ha permanecido en la cárcel sea superior a seis meses.
6. Carecer de rentas de cualquier naturaleza superiores al 75 % del salario mínimo interprofesional (SMI), excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias (Cuantías para este año). Las rentas se computarán por su rendimiento íntegro o bruto
Además de personas que han salido de prisión, este tipo de prestación también está dirigida a personas menores de edad que hayan sido privadas de libertad durante seis o más meses; por ejemplo en un centro de internamiento. Eso sí, en el momento de su puesta en libertad, el solicitante debe ser mayor de 16 años.
También puede ser beneficiaria de este subsidio las personas que han finalizado su privación de libertad tras un tratamiento de deshabituación de su drogodependencia por un período superior a seis meses.
Según informan desde la Seguridad Social, todos estos requisitos deben cumplirse en el momento del hecho causante. Además, de reunirse igualmente en el periodo de solicitud del subsidio; así como en el de la petición de sus prórrogas o reanudaciones y durante toda la percepción del subsidio.
Cuantía y dónde solicitarlo
La cuantía de estas ayudas para parados que han salido de prisión es igual al 80% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples fijados para ese año. Así, el subsidio para personas liberadas de prisión tendrá una duración se seis meses, prorrogables por otros dos periodos de la misma duración, pudiendo alcanzar un máximo de 18 meses.

El plazo habilitado para presentar la solicitud es de 15 días hábiles, los cuales se empiezan a contabilizar a partir del día siguiente del cumplimiento del mes de espera. Debe conocer que el citado mes de espera se inicia justo en el momento en el que el interesado se inscribe como demandante de empleo después de salir de prisión. Así, tendrá un plazo de 30 días hábiles para inscribirse desde la excarcelación.
El plazo para presentar la solicitud es de 15 días hábiles, que empieza a contar desde el día siguiente al cumplimiento del mes de espera. Este comienza en el momento de inscribirse como demandante de empleo tras la liberación de prisión. El plazo para inscribirse es de 30 días desde la fecha de la excarcelación.
La solicitud del subsidio para personas liberadas de presión se puede presentar en los siguientes lugares habilitados por la Seguridad Social:
- Sede Electrónica del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE)
- Cualquier oficina de registro público
- Correo administrativo
- Oficina de prestaciones. Debe pedir cita previa a través de la Sede Electrónica del SEPE.