El subsidio por desempleo destinado a personas mayores de 52 años busca apoyar a aquellas personas en esa franja de edad que se encuentren en una situación de desempleo y se enfrenten a obstáculos para encontrar empleo debido a su edad. Su propósito es brindar ayuda a aquellos que encuentran dificultades para reintegrarse al mercado laboral.
En 2019, la edad mínima para acceder a este subsidio se redujo de 55 a 52 años. También se estableció que la base de cotización para la jubilación sería del 125%, una cifra que comenzará a reducirse gradualmente a partir del 1 de junio de 2024.
Ayudas no compatibles con el subsidio para personas mayores de 52 años
Los trabajadores tienen derecho a recibir el subsidio para mayores de 52 años hasta alcanzar la edad de jubilación ordinaria. Este apoyo financiero puede complementarse con otros beneficios, si bien su otorgamiento está sujeto a las circunstancias particulares de cada situación.
La cantidad del subsidio será el 80% del Indicador Público de Rentas de Efectos Múltiples (IPREM), sin importar si se está desempleado debido a la pérdida de un contrato a tiempo parcial. Esto significa aproximadamente 480 euros al mes para los beneficiarios, hasta que vuelvan a trabajar o se jubilen.
Este subsidio no es compatible con otras ayudas gestionadas por el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) o por las comunidades autónomas. Entre estas se encuentran el subsidio de renta agraria, el de mayores de 45 años o el de cotización insuficiente.
Tampoco es compatible con ingresos provenientes de trabajo por cuenta propia o ajena que excedan los límites establecidos en la normativa del subsidio, ni con pensiones de jubilación o de incapacidad permanente que den por terminada la relación laboral.
Otras ayudas con las que sí puedes compaginar el subsidio
- Ingreso Mínimo Vital: Esta asistencia no contributiva se estableció hace tres años, poco después del inicio de la pandemia, con el propósito de garantizar ingresos mínimos a individuos y familias en situación de vulnerabilidad.
- Renta Activa de Inserción: Dirigida a diversos grupos en situaciones de especial necesidad, como víctimas de violencia de género, desempleados de larga duración mayores de 45 años, emigrantes retornados o personas con discapacidad.
- Subsidio Extraordinario de Desempleo (SED): Este subsidio está diseñado para personas que quedan desempleadas y enfrentan dificultades económicas. Está dirigido a individuos en situación de desempleo prolongado que, después de haber agotado todas las ayudas anteriores, aún no logran encontrar empleo, manteniéndose registrados como solicitantes de empleo.
El SEPE destaca la importancia de no rebasar el límite máximo de ingresos, asegurando que la suma de los subsidios recibidos no exceda el 75% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI).
Este subsidio también es compatible con un contrato de trabajo a jornada completa, siempre que este tenga una duración superior a tres meses y que no supere los límites de ingresos mencionados anteriormente. En tales casos, la empresa complementará la diferencia hasta alcanzar el salario correspondiente al empleado.